La nueva Ordenanza Municipal sobre el Estacionamiento en la Vía Pública de Torrelodones entra en vigor, regulando el estacionamiento de vehículos de lunes a sábado, de 9:00 a 19:00 h. Esta normativa busca mejorar la movilidad urbana y garantizar la rotación de vehículos. Se establecen cuatro tipos de zonas de estacionamiento limitado con diferentes tiempos máximos permitidos, así como áreas especiales para residentes. Existen excepciones para ciertos vehículos, y se implementará un sistema de control mediante máquinas expendedoras. La ordenanza sustituye a la anterior aprobada en 2016 y fue publicada en el Boletín Oficial el 15 de julio. Para más detalles, visita el enlace.
La nueva Ordenanza Municipal sobre el Estacionamiento en la Vía Pública ha entrado en vigor, regulando el uso de las zonas de estacionamiento en el municipio. Este cambio se produce tras un periodo de información pública que no generó alegaciones, permitiendo así su implementación sin contratiempos.
El horario establecido para estas áreas será de lunes a sábado, de 9:00 a 19:00 h, tanto en invierno como en verano. Esta normativa, aprobada inicialmente en la sesión plenaria del 20 de marzo de 2025, tiene como objetivo organizar y regular el estacionamiento de vehículos en espacios debidamente señalizados, buscando mejorar la movilidad urbana y garantizar una adecuada rotación de los vehículos.
La ordenanza categoriza las Zonas de Estacionamiento Limitado en cuatro tipos, según el tiempo máximo permitido para aparcar:
A su vez, se han definido Áreas Especiales de Estacionamiento, destinadas a residentes o trabajadores del municipio, donde se permitirá un tiempo máximo de estacionamiento de 48 horas.
Ciertos vehículos están exentos de las limitaciones temporales impuestas por la nueva normativa. Entre ellos se encuentran:
El control del estacionamiento en estas zonas estará a cargo de máquinas expendedoras de tiques. Para acceder a las Áreas Especiales, los usuarios deberán solicitar una tarjeta de estacionamiento expedida por el Ayuntamiento, cumpliendo ciertos requisitos como estar empadronados o trabajar en el municipio.
Aquellos interesados en obtener la tarjeta deberán presentar la siguiente documentación:
La nueva ordenanza comenzó a regir tras su publicación completa en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el pasado martes 15 de julio. Mientras tanto, se mantienen vigentes las zonas y tiempos establecidos anteriormente mediante el decreto número 410/2023, emitido el 24 de febrero, hasta que se apruebe un nuevo decreto que modifique dichas condiciones.
Dicha normativa sustituye a la anterior, que había sido aprobada el 21 de enero de 2016. Para más detalles sobre esta regulación, puede consultarse el documento completo aquí.
Categoría | Valor |
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Horario de funcionamiento | Lunes a sábado, de 9:00 a 19:00 h |
Zona 1 (máx. tiempo de estacionamiento) | 180 minutos |
Zona 2 (máx. tiempo de estacionamiento) | 120 minutos |
Zona 3 (máx. tiempo de estacionamiento) | 60 minutos |
Zona 4 (máx. tiempo de estacionamiento) | 30 minutos |
Áreas Especiales de Estacionamiento (máx. tiempo) | 48 horas |