La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al exrector de la Universidad Carlos III de Madrid Juan Romo Urroz de un delito de prevaricación administrativa del que había sido acusado por supuestas irregularidades en la adjudicación de plazas a docente en 2018.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se exonera al exrector y a otros altos cargos de la Universidad que habían sido juzgados por el mismo delito.
Tras examinar la prueba, los magistrados concluyen que el exrector se limitó a cumplir con "las funciones propias de su cargo en el proceso de selección, convocando las pruebas y aprobando la propuesta de la Comisión de Selección".
En el juicio, detalló que se limitó a firmar una convocatoria de plazas para selección de personal docente en diciembre de 2017 para el departamento de Tecnología Electrónica.
En el juicio, la fiscal no acusaba al considerar que no hay delito mientras que la acusación particular ejercida por el abogado Marcos García Montes solicitaba hasta tres años de inhabilitación para el exrector.
En un escrito, el fiscal solicitaba la absolución de Romo y otros cinco altos cargos de la universidad por las supuestas irregularidades en la adjudicación de plazas de trabajo en la institución académica.
PROCESO DE SELECCIÓN
Según el relato, el consejo de gobierno de la Universidad Carlos III constituyó el 13 de febrero de 2018 un Comisión de Selección integrada por los otros cinco investigados. Esta comisión tenía como finalidad seleccionar a través de un concurso a profesores de los cuerpos docentes de dicha Universidad.
No consta impugnación, según destaca la Fiscalía. Las pruebas de selección se celebraron según las bases previstas en la convocatoria para concluir finalmente con una resolución publicada en el BOE por la que se seleccionan tres candidatos.
El querellante, candidato en este concurso universitario, no resultó seleccionado, "entendiendo que sus méritos fueron postergados por razones espurias, consistentes sustancialmente en presumir relaciones personales de colaboración asidua entre los miembros de la comisión examinadora y las candidatas seleccionadas, abriéndose la vía de impugnación en el orden administrativo y contencioso-administrativo, pero él optó asimismo por ejercer la acción penal".