Su aplicación no afectará a quienes el 1 de julio del presente año (fecha de entrada en vigor de dicha orden) se hayan jubilado o tengan 65 años cumplidos.
Jueves 02 de octubre de 2014
El Colegio de Médicos de Madrid (ICOMEM) reitera su oposición a la orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 26 de mayo, que hace incompatible percibir la pensión de jubilación del sistema de la Seguridad Social y seguir ejerciendo la medicina por cuenta propia, según ha informado el Colegio en un comunicado. La "inconformidad" por parte del ICOMEM se produce incluso después de la publicación el pasado 4 de junio de una rectificación por parte del Ministerio de Trabajo e Inmigración, por la que su aplicación no afectará a quienes el 1 de julio del presente año (fecha de entrada en vigor de dicha orden) se hayan jubilado o tengan 65 años cumplidos. Por ello, desde la Asesoría Jurídica del Colegio se ha interpuesto un Recurso Contencioso Administrativo contra la mencionada Orden y solicitado la suspensión cautelar de sus efectos hasta que se resuelva el recurso. El vicepresidente del Colegio de Médicos de Madrid, el doctor Miguel García Alarilla, ha manifestado que "se trata de una medida injusta y que priva al profesional del derecho a ejercer la profesión médica libremente tras su jubilación". "Además, percibir una pensión es una justa retribución tras la vida laboral de la que no debería verse privado ningún profesional independientemente de que decida o no continuar con su actividad", ha indicado el doctor, quien ha añadido que se está haciendo todo lo posible por frenar una situación que considera injusta". "Se trata de poner freno a una medida que, además, no se justifica por un ahorro de gastos ya que, efectivamente se ahorrarían las pensiones pero se dejarían de percibir los impuestos de la renta de quienes ejercen su profesión libremente tras la jubilación", ha afirmado García Alarilla. Asimismo, el Colegio de Médicos ha tomado otras medidas. En concreto, y con anterioridad a la rectificación publicada el pasado 4 de junio, elaboró dos formularios tipo para que los afectados por esta situación pudieran beneficiarse de la resolución publicada por entonces por la Consejería de Sanidad de Madrid. En ella se recogía que todas aquellas peticiones de jubilación que se realizasen antes del 1 de julio, serían tratadas con carácter inmediato.
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