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Madrid aprueba ayudas de hasta 1.000 euros por nacimiento o adopción
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Madrid aprueba ayudas de hasta 1.000 euros por nacimiento o adopción

viernes 23 de octubre de 2026, 11:28h

Madrid aprobó destinar 15,4 millones a ayudas de 500, 750 o 1.000 euros por nacimientos o adopciones entre septiembre de 2026 y diciembre de 2027.

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado destinar 15,4 millones de euros, mediante un gasto plurianual, a una nueva convocatoria de ayudas directas por nacimiento o adopción. La medida forma parte del Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2024-2029 y se dirige a familias con menores nacidos o adoptados entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 que cumplan los requisitos.

Claves de la noticia

Importe por hijo

La ayuda es de 500 euros por el primer hijo, 750 por el segundo y 1.000 por el tercero y siguientes.

Requisito de empadronamiento

El progenitor solicitante debe llevar empadronado en Madrid capital al menos cinco años.

Solicitudes

El formulario estará disponible en sede.madrid.es. La fecha concreta de apertura se anunciará por los canales correspondientes.

La cuantía será de 500 euros por el primer hijo, 750 euros por el segundo y 1.000 euros por el tercero y los siguientes. La ayuda es universal: no establece límites de renta familiar ni de edad para los progenitores. También es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, ya sean de administraciones u organismos públicos o privados.

La convocatoria cuenta con un crédito de 4,7 millones de euros para las solicitudes presentadas en el último cuatrimestre de 2026 y de 10,7 millones para 2027. El presupuesto podría incrementarse en función de la demanda.

Requisitos y presentación de solicitudes

La ayuda podrá solicitarse en los próximos días; el Ayuntamiento comunicará la fecha concreta. El formulario estará disponible en sede.madrid.es y deberá cumplimentarlo y firmarlo uno de los progenitores o un tutor del menor. Después, habrá que presentarlo en el Registro municipal, presencialmente o por vía electrónica a través de la Sede Electrónica.

El plazo será de dos meses desde el día siguiente al nacimiento o la adopción. Para los casos producidos desde el 1 de septiembre de 2026, incluido, y antes de que se publique la convocatoria, los dos meses empezarán a contar el día siguiente a esa publicación. Se podrá presentar una solicitud por cada nacimiento o adopción; en los casos múltiples, habrá que tramitar una por cada menor.

El progenitor solicitante debe ser español o extranjero con residencia legal en España, llevar empadronado en Madrid capital al menos cinco años y no estar privado de la patria potestad de sus menores. Además, no debe incurrir en las causas que impiden obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, con las excepciones recogidas en la convocatoria.

Tramitación y plan municipal

El Área de Políticas Sociales, Familia e Igualdad gestionará la convocatoria con el apoyo de una entidad colaboradora. Una vez comprobado que las personas solicitantes cumplen los requisitos, la ayuda se abonará en un único pago.

La convocatoria corresponde a la medida 39 del Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2024-2029 del Ayuntamiento de Madrid. La estrategia guía la política municipal de protección de la maternidad y la paternidad y de apoyo a las familias en la crianza, con servicios destinados a ayudarles a compatibilizar la vida personal y laboral.

La noticia en cifras

CifraConcepto
15,4 millones de eurosGasto plurianual aprobado para financiar la nueva convocatoria.
4,7 millones de eurosCrédito para las solicitudes presentadas en el último cuatrimestre de 2026.
10,7 millones de eurosCrédito previsto para el ejercicio 2027.
500 eurosAyuda por el primer hijo.
750 eurosAyuda por el segundo hijo.
1.000 eurosAyuda por el tercer hijo y los siguientes.
1 de septiembre de 2026–31 de diciembre de 2027Periodo de nacimiento o adopción para acceder a la convocatoria, si se cumplen los requisitos.
Al menos cinco añosTiempo de empadronamiento en Madrid exigido al progenitor solicitante.
Dos mesesPlazo para presentar la solicitud desde el día siguiente al nacimiento o la adopción, con una regla específica para los anteriores a la publicación de la convocatoria.
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