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Un cámara de televisión graba el bloque de pisos donde se ha producido el doble asesinato, en la calle Jacobeo del barrio de Carabanchel
Un cámara de televisión graba el bloque de pisos donde se ha producido el doble asesinato, en la calle Jacobeo del barrio de Carabanchel

El juzgado absolvió al acusado de matar a su mujer y a su hija en base al principio `in dubio pro reo´

lunes 27 de noviembre de 2023, 17:29h
La mujer había presentado denuncias previas por maltrato sobre el agresor y se encontraba incluida con riesgo alto en el Sistema Integral de Protección a las Víctimas de Violencia de Género (VioGén), pero su caso estaba inactivo porque hace un juez absolvió a este individuo

El hombre que supuestamente ha matado en Madrid esta medianoche a su mujer de 25 años y a su hija de 3 años había amenazado y denunciado en otras ocasiones a la víctima, pero no pesaba sobre él en la actualidad un orden de alejamiento porque una sentencia firme le había absuelto, han informado a Europa Press fuentes policiales.

La mujer había presentado denuncias previas por maltrato sobre el agresor y se encontraba incluida con riesgo alto en el Sistema Integral de Protección a las Víctimas de Violencia de Género (VioGén), pero su caso estaba inactivo porque hace un juez absolvió a este individuo, por lo que tras la sentencia firme decayeron las medidas de protección.

Concretamente, según las mismas fuentes, el caso había sido dado de alta en el Sistema VioGén el 14 de septiembre de 2020 por la comisaría de la Policía Nacional de Torrejón de Ardoz tras la presentación por parte de la víctima de una denuncia por malos tratos en el ámbito familiar.

Ese mismo día, los agentes le realizaron la valoración policial, que concluyó con un riesgo alto, con especial relevancia. Esta valoración determinó la puesta en marcha de medidas de protección policial. De forma complementaria, el Juzgado de Instrucción Número 4 de Torrejón estableció al día siguiente una Orden de Protección a la víctima imponiendo a este hombre prohibición de aproximación y comunicación a su expareja a menos de 500 metros.

LEVANTAMIENTO MEDIDAS

Con fecha de 30 de octubre de 2020, el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer número 4 de Madrid levantó las medidas cautelares impuestas el 15 de septiembre de ese mismo año por el Juzgado de Torrejón.

Lo hizo "por no concurrir la situación objetiva de riesgo que exige la ley", ya que finalizada la instrucción, indica el auto, al que tuvo acceso Europa Press, "no resultaron indicios de que en el mes de julio y en una discusión sin testigos, el investigado agrediese a la denunciante, no existiendo tampoco ninguna lesión objetivada en el parte de asistencia de tal presunto hecho".

En cuanto a la presunta agresión del día 6 de septiembre de 2020 denunciada por la ahora fallecida, con amenazas simultáneas con cuchillos, el mismo Juzgado concluyó que "ningún indicio hay de esta última".

Por ello, el magistrado de Violencia sobre la Mujer denegó la orden de protección "por no concurrir la situación objetiva de riesgo que exige la ley". Se trataba, según las mismas fuentes judiciales, de un hecho aislado, "alzándose como contraindicio de riesgo la circunstancia de que la presunta víctima, siguiendo el consejo de su padre, que convivía con ellos, le aconsejó no denunciar, y de hecho, si la denunciante lo hizo fue una semana después".

Y lo hizo, informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), por un motivo que ella había expresado en el día de su comparecencia, "que no fue por su protección, sino por intentar evitar que el investigado se llevara a su hija a Perú, pues en aquellos días tuvo conocimiento de la intención de él --el actual supuesto homicida-- de regresar a su país y temió que pudiera llevarse a la niña".

Además, con fecha de 1 de diciembre de 2022, el Juzgado de lo Penal número 37 de Madrid absolvió al acusado de ese delito de lesiones en el ámbito familiar ocurrido supuestamente en septiembre de 2020. No han existido más denuncias, indican.

El juez tomó esta decisión porque su pareja sentimental "no recordaba lo sucedido", a falta de testigos presenciales que aportasen una versión ajena a la mantenida por ambos, ya que él negó los hechos imputados. De hecho, en la vista acudió la mujer acabó retirando las acusaciones civiles y penales, según las mismas fuentes.

Por todo ello, y en base al principio de 'in dubio pro reo', su expareja resultó absuelto, con una sentencia que fue reafirmada el 9 de enero de 2023. La Fiscalía, que pedía para el acusado una pena de 15 meses de cárcel, porque entendía que era un delito menor de malos tratos, no recurrió el fallo judicial.

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