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TSJM desestima las cautelares pedidas por el Taxi
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TSJM desestima las cautelares pedidas por el Taxi

viernes 30 de julio de 2021, 17:36h
La FTMP solicitó el pasado 30 de junio para suspender varios artículos de la ordenanza del sector lanzada por el Ayuntamiento de Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado la petición de medida cautelar solicitada por la Federación Profesional del Taxi de Madrid (FTMP) el pasado 30 de junio para suspender varios artículos de la ordenanza del sector lanzada por el Ayuntamiento de Madrid.

La Sala entiende que no concurren razones de urgencia que justifiquen la adopción de la cautelar porque "ni se producen efectos irreversibles o perjuicios irreparables", además se subraya la "carencia de pruebas" frente a las exposiciones de la Federación del Taxi, según han informado a Europa Press fuentes municipales.

Así, el Alto Tribunal ha puesto en valor "los intereses generales que prevalecen en la ordenanza frente a los particulares de la Federación, como lo son: precio cerrado, taxi compartido, actualizar los requisitos para la obtención de las licencias, impulsar la flota de vehículos menos contaminantes", han señalado las mismas fuentes.

Es la segunda vez que el TSJM deniega las medidas solicitadas por la Federación, después de que el 1 de julio denegara las cautelarísimas. En este caso, la Federación del Taxi fundamentó su recurso en que la ordenanza municipal se desarrolló con las prescripciones impuestas en el Decreto 35/2019 de la Comunidad de Madrid, que fue anulado por el TSJM en marzo de 2021, aunque sigue vigente.

Además, pusieron el foco en que el texto municipal incrementaría el número de potenciales titulares de licencias, para lo que el TSJM contesta que "no detecta los perjuicios ni situación irreversible" y apunta a que la Federación se basa en "meras conjeturas o suposiciones carentes de una mínima justificación indiciaria".

Estas consideraciones también las refiere para la posibilidad de que los titulares de vehículos eléctricos puedan conducir los siete días de la semana, aspecto que también recurrió la Federación.

La Sala dice que "lejos de introducir un tratamiento desigual injustificado entre los titulares de licencias (...) viene claramente encaminada a fomentar la adquisición y uso en el sector de aquellos vehículos (...) contribuyen a la mejora del medio ambiente urbano y la calidad del aire, por lo que se trata de una medida dirigida a preservar unos intereses públicos y generales que habrían de prevalecer, en todo caso, frente a los de la Asociación recurrente".

CONGESTIÓN DE TRÁFICO

Por otro lado, sobre el efecto de congestión del tráfico al que alude la Federación por el hecho de que haya taxistas que puedan trabajar siete días, el tribunal ha señalado que "no se justifica ni tan siquiera mínimamente (...) con datos objetivos, o unos estudios, cálculos o porcentajes en base a los cuales pudiera alcanzarse dicha conclusión".

En lo que afecta a la renovación de licencias, el precio cerrado y el pago del taxi compartido, el TSJM vuelve a indicar que no supone "situación de carácter irreversible ni perjuicios de imposible o difícil reparación". El TSJM condena así al recurrente al pago de las costas procesales, aunque cabe recurso de reposición.

Por último, han recordado que la Gremial y la Asociación Madrileña del Taxi (AMT) se han personado como codemandados defendiendo la ordenanza del taxi del Ayuntamiento de Madrid.

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