www.cronicamadrid.com
Bonificación del cien por cien de la tasa de ocupación de terrazas, mercadillos y el Rastro

Bonificación del cien por cien de la tasa de ocupación de terrazas, mercadillos y el Rastro

miércoles 09 de septiembre de 2020, 11:11h
Con las nuevas medidas de la Comunidad de Madrid para frenar el coronavirus, los establecimientos no podrán superar el 75% de su aforo para el consumo en el interior del local si es en mesa y el 50% si es en barra

El Ayuntamiento de Madrid bonificará el cien por cien de la tasa de ocupación de las terrazas de bares y restaurantes de la capital, así como de los mercadillos de los distritos y del tradicional mercado del Rastro.

Así lo ha anunciado el regidor, José Luis Martínez-Almeida, en el Debate del estado de la Ciudad (el primero al que asiste como alcalde), donde ha apuntado que "es justo bonificar ese cien por cien" y que el equipo de Gobierno "seguirá apoyando al sector de la hostelería".

Si bien, ha indicado que "hay que hacer un esfuerzo aún mayor" y dar "respuestas más rápidas". "No lo duden; seguiremos trabajando", se ha dirigido a los profesionales del sector. El pasado martes, la vicealcaldesa, Begoña Villacís, manifestó que el Consistorio estaba abierto a prorrogar hasta fin de año la ampliación de terrazas de hostelería.

Con las nuevas medidas de la Comunidad de Madrid para frenar el coronavirus, los establecimientos no podrán superar el 75 por ciento de su aforo para el consumo en el interior del local si es en mesa y el 50 por ciento si es en barra.

Además, se deberá guardar una distancia de seguridad entre las mesas o agrupaciones de mesas de, al menos, 1,5 metros, desde las sillas asignadas a las diferentes mesas o agrupaciones de mesas; distancia que debe asegurarse también entre clientes durante el consumo en barra.

En establecimientos de restauración, la ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas será de diez personas y deberá cesar su actividad como máximo a las 1 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de las 24 horas, rigiendo el horario de cierre que tuvieran autorizado si éste fuera anterior.

Al aire libre, el porcentaje de aforo permitido en las terrazas será del 100 por cien de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, si bien deberá garantizarse el mantenimiento de la distancia de seguridad (al menos 1,5 metros).

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios