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El juez rechaza el recurso de la oposición para impugnar una resolución del Consistorio

Recurso interpuesto por los concejales del PSOE y el PDAP contra la decisión del Alcalde de no celebrar un Pleno

jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid ha fallado en contra del recurso interpuesto por los concejales del PSOE y el PDAP en el Ayuntamiento de Navalcarnero contra la resolución del alcalde, Baltasar Santos (PP), del 5 de agosto de 2011 por el que se denegaba la celebración de una sesión plenaria extraordinaria que ni reunía los requisitos para ser convocada ni las materias comprendidas eran competencia del Pleno, por lo que no se podían adoptar acuerdos al respecto.
Sin embargo, la ley establece que la sesión puede ser convocada por la cuarta parte de los miembros de la Corporación, por lo que al final la convocatoria salió adelante el día 30 de agosto, con el apoyo de los siete concejales socialistas y el del PDAP. Sin embargo, tras iniciarse la sesión y explicar el alcalde los motivos por los cuales no se podía celebrar, el Pleno acordó entonces, por mayoría absoluta, no celebrarla, conforme al funcionamiento normal del órgano colegiado y a la propia ley.
La sentencia pone de manifiesto que “el pleno fue convocado y se inició su celebración, si bien la mayoría democrática del Ayuntamiento decidió que no se celebrase, lo que no perjudica al derecho de participación en las funciones públicas”. Y es que el contenido esencial de este derecho “lo que garantiza es la participación, la posibilidad legal de que se celebren plenos extraordinarios o de otra clase; no el que se ganen las votaciones”, advierte el juez.
Por ello, declara inadmisible el recurso presentado por los partidos PSOE y PDAP, afirmando que “no se alcanza a comprender el beneficio que pudiera tener la parte actora en este pleito” y señalando que “el mantenimiento del mismo, una vez celebrado el pleno y perdida la votación, resulta claramente temerario, pues se pretende obtener de la jurisdicción lo que no han dado las urnas o los votos de los concejales”.
En consecuencia, la sentencia condena en costas a la parte actora.
El regidor navalcarnereño recibió la noticia con satisfacción. Baltasar Santos manifestó que “a pesar de todos los gritos e insultos que tuvimos que soportar en ese pleno, al final la Justicia evidencia quiénes actuamos conforme a las leyes y quiénes no”, y criticó la actitud de los líderes del PSOE y el PDAP por “arengar a sus seguidores con discursos incendiarios y desencadenar el acoso y la violencia verbal contra los miembros del Partido Popular en los plenos”.
Según el primer edil, “cuando, en lugar de aceptar el resultado de las urnas y asumir el lugar que los votantes han otorgado, se pierde el respeto al ordenamiento jurídico y se opta por tratar de judicializar la política y de promover el enfrentamiento, se está yendo en contra de los mayores principios de nuestra sociedad y de la propia Democracia”.

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