06/11/2009.-Por considerar que dichos fondos son una "mera expectativa" de cobrar un complemento a la pensión pública.
Jueves 02 de octubre de 2014
El Tribunal Supremo ha negado la posibilidad de rescatar sus planes de pensiones a los empleados que hayan sido despedidos o hayan abandonado las entidades financieras en las que trabajaban, por considerar que dichos fondos son una "mera expectativa" de cobrar un complemento a la pensión pública.
En una sentencia fechada el pasado 21 de septiembre, la Sala de lo Social del Supremo entiende que los fondos internos que tienen constituidos bancos y cajas para complementar la prestación de jubilación de sus trabajadores no son "en absoluto" un fondo de pensiones ni un derecho consolidado del empleado.
El Alto Tribunal considera que no puede rescatar el plan de pensiones aquel trabajador que haya abandonado por voluntad propia su puesto en la entidad financiera o haya sido despedido, por lo que estima el recurso interpuesto por Bankpyme contra uno de sus directivos, que consiguió en 2007 que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) condenara al banco a pagarle 127.768 euros en concepto de pensión.
La decisión del Supremo ha sido duramente criticada por el despacho Álvarez-Ossorio Miller & Co, que representa al directivo de Bankpyme y que pretende recurrir ante el Tribunal Constitucional e incluso llevar el caso a los tribunales europeos.
En declaraciones a EFE, el letrado Antonio Álvarez-Ossorio calificó de "mediocre" la sentencia porque "apenas justifica el fallo", y alertó de las graves consecuencias que puede acarrear de momento para los más de 120.000 ex empleados de banca en España, ya que sienta jurisprudencia.
En cualquier caso, defendió que la sentencia vulnera el Tratado de Ámsterdam sobre la libre circulación de trabajadores, ya que limita las posibilidades de los empleados de las entidades financieras para cambiarse de empresa al obligarles a renunciar a su plan de pensiones.
Este despacho representa a 715 antiguos empleados de banca, que han interpuesto decenas de demandas en varias instancias judiciales, especialmente en la Comunidad de Madrid.
Con esta sentencia, el Supremo intenta cerrar la polémica existente desde hace casi una década en el sector bancario, que es el único que no está obligado a exteriorizar sus planes de pensiones, lo que impide a sus empleados poder cobrarlos o traspasarlos cuando dejan de trabajar para la entidad.