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El TSJM investigará la filtración de la sentencia que anula el decreto de multas de tráfico de Gallardón

08/10/2009.-El Gobierno de Ruiz Gallardón afirma queel Ayuntamiento actuará frente a sentencia cuando le sea notificada

Jueves 02 de octubre de 2014
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha puntualizado hoy que la sentencia que anula el decreto de multas de tráfico del Ayuntamiento de Madrid "no ha sido debidamente notificada a las partes", por lo que investigará la fuga de información.

A través de un comunicado el TSJM asegura que es cierto que el Tribunal tenía señalado para el 18 de junio pasado la deliberación y fallo del recurso interpuesto por la asociación DVuelta contra ese decreto de finales de 2005 del Ayuntamiento madrileño.

No obstante, "el resultado de dicha deliberación y fallo aún no ha sido facilitado a las partes, ignorándose cuál ha sido la fuente de la información, en todo caso no oficial, que ha facilitado el contenido de esa hipotética sentencia".

Por ese motivo, y para averiguar la difusión de esa información, lo ocurrido, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha ordenado una investigación.

Representantes de la asociación DVuelta han presentado hoy a la prensa el contenido de esa sentencia, de la que han asegurado que les da la razón en su contencioso contra el Gobierno municipal madrileño después de que éste decretara un incremento de un cincuenta por ciento el importe de las multas de tráfico.

La sentencia del TSJM, de 18 de junio de 2009 y que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, estima este recurso y declara que el Decreto municipal de 3 de noviembre de 2005 "vulnera el principio de jerarquía normativa y el de proporcionalidad".

Representantes de Dvuelta han presentado a la prensa esa sentencia que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto en enero de 2006.

La asociación ha comprobado que el Tribunal le da la razón en su argumento de que la ordenanza "vulnera el principio de legalidad en cuanto que las sanciones impuestas superan cuantitativamente el importe" previsto en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 1990.

La sentencia examina la ordenanza municipal y advierte "claramente" que se infringe el principio de jerarquía normativa "pues establece una cuantía fija para cada tipo de infracción sin tener en cuenta que la ley establece un margen o recorrido de la sanción".

El Ayuntamiento argumento que el demandante carecía de legitimación al no tener un interés directo en el pleito, pero el TSJM rechaza esa idea al apuntar que "estamos en presencia de la impugnación de una disposición general, por lo que el recurrente es un destinatario de la misma y tiene interés en el pleito".

El fallo es recurrible ante el Tribunal Supremo, aunque la asociación DVuelta considera que "millones de multas" podrán ser recurridas alegando la jurisprudencia de la resolución judicial.

El Ayuntamiento de Madrid ha declarado que "iniciará los procedimientos jurídicos que considere oportunos" respecto a la sentencia que ha anulado el incremento en un 50% del importe de la mayoría de sus multas de tráfico cuando reciba y estudie la decisión judicial, que no le ha sido notificada.

"Entre tanto, no puede haber ninguna modificación con respecto a la aplicación de la normativa actual", han asegurado a Efe fuentes municipales.

Desde el Gobierno municipal se ha asegurado que el Ayuntamiento "no puede opinar sobre algo que no conoce", ya que "el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ha notificado a las partes la sentencia".

Por ello, el Ayuntamiento "va a instar al TSJM para saber cómo se puede tener conocimiento de una resolución judicial que no ha sido comunicada a las partes".

La sentencia ha sido hecha pública hoy por la asociación de defensa de los conductores Dvuelta, que en enero de 2006 interpuso un recurso contra el conocido "multazo" que establecía subidas superiores al 50% en la mayoría de las sanciones de circulación.

La sentencia del TSJM, de 18 de junio de 2009 y que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, estima este recurso y declara que el Decreto municipal de 3 de noviembre de 2005 "vulnera el principio de jerarquía normativa y el de proporcionalidad". E

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