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La Consejería de Sanidad condenada a pagar 600.000 euros por un parto con secuelas de minusvalía

29/09/2009.-La sentencia considera probado que las lesiones del niño, que ahora tiene cinco años, se debieron a la incorrecta asistencia sanitaria recibida por la madre

Jueves 02 de octubre de 2014
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Consejería de Sanidad a indemnizar con 600.000 euros a los padres de un niño nacido en un parto mal atendido con secuelas que le produjeron una minusvalía del 65% debida a una parálisis cerebral y un retraso madurativo.

La sentencia dictada por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM, considera probado que las lesiones del niño, que ahora tiene cinco años, se debieron a la incorrecta asistencia sanitaria recibida por la madre durante su estancia en el hospital.

Como codemandados en el proceso intervinieron, además de la Consejería de Sanidad, la Fundación Jiménez Díaz y Zúrich España Cia. de Seguros y Reaseguros.

La madre, de 38 años y que se encontraba embarazada por primera vez, acudió a Urgencias de la Fundación Jiménez Díaz (Clínica de la Concepción) el 28 de marzo de 2004, poco después de las ocho de la mañana con ruptura de la bolsa amniótica.

A las 9.10 horas, los médicos decidieron que el niño debía nacer cuanto antes por "sospecha de pérdida de bienestar fetal", por lo que se programó una cesárea.

El niño nació a las 10.20 horas, una hora y diez minutos después, cuando el protocolo de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) establece como tiempo límite para la extracción del niño un intervalo de 30 minutos.

Así, la sentencia del TSJM, adelantada por el diario El País y a la que tuvo acceso Efe, considera que se produjo "una demora sustancial en la realización de la cesárea" y que el retraso ha sido "el causante de las lesiones que actualmente padece el hijo de los demandantes".

Sin embargo, concurren una serie de circunstancias que llevan al abogado de los demandantes, Rafael Martín Bueno, de la Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias (AVINESA) a plantear "sí o sí" una queja ante la comisión deontológica del Colegio de Médicos de Madrid para que expediente al jefe de servicio de Ginecología de la Fundación Jiménez Díaz, encargado de ejercer la inspección médica en este proceso judicial.

En declaraciones a Efe, Martín Bueno aseguró que "esto no se puede quedar así, ha faltado a la verdad con la única finalidad de ahorrar dinero a una entidad aseguradora. No es que un médico fuera a ir a la cárcel".

"Está acreditado que ha faltado a la verdad" en el informe elaborado por el jefe del servicio de Obstetricia y Ginecología de la Fundación, que es a su vez quien ejerció la Inspección Médica en este proceso judicial.

El informe asegura que la mujer ingresó de urgencia a las 8.55 horas con "ruptura de la bolsa amniótica con líquido meconial", una complicación que obliga a extraer el niño lo antes posible.

También según el informe, se decidió realizar la cesárea a las 9.55 horas y se llevó a cabo a las 10.20 horas, de modo que el tiempo empleado quedaría dentro de los parámetros de la SEGO.

Sin embargo, los padres consiguieron demostrar que la indicación de la cesárea se produjo a las 9.10 y el niño nació una hora y diez minutos después, a las 10.20 horas.

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