La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha decidido remitir un auto del magistrado Juan Carlos Peinado al Promotor de la Acción Disciplinaria por posibles faltas graves.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha tomado una decisión significativa en su reunión extraordinaria. Se ha acordado remitir al Promotor de la Acción Disciplinaria una copia del auto emitido el 20 de junio de 2026 por el magistrado Juan Carlos Peinado, quien ocupa la plaza 41 en la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid.
Este auto es parte del procedimiento relacionado con el Tribunal del Jurado 1146/2024 y plantea serias implicaciones sobre la conducta esperada de los miembros del sistema judicial hacia las instituciones estatales. En concreto, se cuestiona si las afirmaciones contenidas en el documento pueden ser consideradas como un exceso o abuso de autoridad, lo que podría acarrear consecuencias disciplinarias para el magistrado involucrado.
El artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial define como falta grave cualquier comportamiento que implique desconsideración hacia ciudadanos, instituciones y personal vinculado a la Administración de Justicia. Este marco legal establece un estándar importante para evaluar la conducta judicial y asegura que los magistrados actúen con respeto y consideración hacia todos los actores involucrados en el proceso judicial.
La decisión tomada por la Comisión Permanente no solo refleja una respuesta institucional ante posibles irregularidades, sino que también subraya el compromiso del Consejo General del Poder Judicial con la integridad y el respeto dentro del sistema judicial español. La votación mayoritaria, que incluyó el voto decisivo de la presidenta del Tribunal Supremo, indica una postura firme sobre este asunto delicado.
La Comisión Permanente acordó remitir copia de un auto dictado por el magistrado Juan Carlos Peinado al Promotor de la Acción Disciplinaria para que evalúe si las expresiones contenidas en el mismo podrían constituir una falta grave de desconsideración.
El auto sugiere que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrían colaborar en la fuga de una persona investigada, lo que ha llevado a la evaluación de posibles consecuencias disciplinarias.
Este artículo establece como falta grave el exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto a ciudadanos, instituciones y personal al servicio de la Administración de Justicia, entre otros.
El acuerdo fue aprobado por mayoría, con el voto de calidad de la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. Hubo cuatro vocales que discrepaban y formularon voto particular.