La Comunidad de Madrid ha aprobado su primera Ley de Caza y Pesca, integrando regulaciones para proteger el medio ambiente y fomentar el desarrollo rural, modernizando procedimientos y gestionando la fauna.
La Comunidad de Madrid ha dado un paso significativo en la regulación de las actividades cinegéticas y piscícolas con la aprobación de su primera Ley de Caza y Pesca. Esta legislación, que busca fortalecer la protección medioambiental, fue ratificada por la Asamblea regional y tiene como objetivo integrar en un único marco legal los aspectos fundamentales de estas prácticas. Esto no solo proporciona mayor seguridad jurídica al sector, sino que también resalta su papel crucial en el desarrollo rural y en la lucha contra la despoblación.
La nueva normativa beneficia a diversos grupos, incluidos profesionales de la agricultura y ganadería, así como a entusiastas de la caza y pesca, quienes disfrutan del ocio en entornos naturales. Además, se establecen medidas específicas para mejorar la gestión de la fauna, destacando los Planes de Control Poblacional. Esta herramienta está diseñada especialmente para que los ayuntamientos gestionen especies como el jabalí o el conejo fuera de los períodos ordinarios de captura, contribuyendo así a evitar daños en cultivos y campos.
En lo que respecta a la pesca, se simplifica la regulación de las aguas, que se dividirán en tres categorías: cotos, aguas en régimen especial y privadas. La ley también pone un énfasis particular en especies emblemáticas como la trucha en ecosistemas fluviales y otras relevantes para los pescadores, tales como carpas o lucios.
Actualmente, el 71% del territorio madrileño (equivalente a 572.254 hectáreas) está clasificado como terreno cinegético, con 45.044 licencias activas. En cuanto a pesca, hay 46.414 permisos vigentes y 34 tramos regulados que suman un total de 347 kilómetros, gestionados parcialmente con ayuda de entidades locales.
La normativa también incluye una apuesta por la modernización del sector mediante la implementación de licencias digitales y procedimientos administrativos electrónicos. Esto tiene como finalidad simplificar trámites y mejorar el seguimiento de las actividades relacionadas con estas prácticas. Además, se actualiza el régimen sancionador: las infracciones leves podrán acarrear multas entre 200 y 1.000 euros; las graves oscilarán entre 1.000 y 10.000 euros; mientras que las muy graves podrán llegar hasta los 80.000 euros.
Por último, en términos de seguridad, esta ley establece una nueva distancia mínima para realizar actividades cinegéticas respecto a núcleos poblacionales, aumentando dicha distancia de 100 a 150 metros. También se fija por primera vez un tamaño mínimo general para los cotos de caza establecido en 250 hectáreas; sin embargo, se permitirá que cotos menores a este tamaño sean autorizados bajo justificación técnica desde unas 50 hectáreas para caza menor.