El informe que establece las bases de la futura Ley contra el consumo de alcohol en menores, validado la pasada semana en el Senado y a la espera de su aprobación por la Comisión Mixta Congreso-Senado para el Estudio del Problema de las Drogas, incluye que se sancione a los padres de los menores que beban, y, en caso de reincidencia grave, si se demuestra una actitud negligente de los padres, se aplicaría la normativa existente en el ordenamiento jurídico para la protección del menor.
Asimismo, propone:
El informe, que parte de que "los últimos datos de consumo de alcohol por menores son preocupantes", muestra como "objetivo primordial" retrasar la edad de inicio en el consumo hasta los 18 años e incrementar la percepción social del riesgo de dicho consumo.
"ESCEPTICISMO" DE ALGUNOS EXPERTOS
No obstante, el informe muestra falta de acuerdo entre los expertos en lo relativo a la eficacia de una ley de menores sin alcohol, ya que algunos son "escépticos" puesto que existen legislaciones autonómicas y ordenanzas locales que regulan las cuestiones fundamentales "y, sin embargo, su impacto no ha sido el esperado".
En informe, por tanto, afirma que "cualquier medida a desarrollar debe contar con unos niveles adecuados de coordinación entre los ámbitos educativos, familiares, sanitarios, sociales y de cualquier otro ámbito que pudiese ser necesario".
Esto implica "sensibilizar" a toda la sociedad sobre los riesgos del consumo de alcohol por parte de los menores y disminuir la tolerancia al consumo en esta etapa vital para el desarrollo de la persona con medidas destinadas a incrementar la percepción de riesgo y disminuir la tolerancia social frente a su consumo.
Tamibén se plantea la creación de un Observatorio de menores y alcohol con participación de todos los agentes implicados que estén llamados a formar parte de la solución, en el seno del Observatorio Nacional de Drogas y Adicciones.
Para ello, se prioriza incluir en el Plan Nacional sobre Drogas actuaciones específicas "sobre los menores y el alcohol"; y ampliar, en el ámbito judicial, equipos psicosociales en los juzgados de familia y menores y en juzgados de guardia, para que tengan la suficiente capacidad de afrontar la mediación civil y penal.