Jueves 02 de octubre de 2014
El Ayuntamiento de Fuenlabrada ha recurrido la sentencia del juzgado de lo Social número 1 de Móstoles en la que se declaraba improcedente el despido de un trabajador, J.J.R.R., y condenaba al Consistorio a abonar 16.000 euros al empleado o a su readmisión.
Fuentes municipales han informado este viernes de que el trabajador "cubría de manera temporal la ausencia de un empleado municipal", y han apuntado que "acabó su contrato cuando el titular de la plaza se reincorporó a su puesto de trabajo".
El Ayuntamiento optó por rescindir el contrato temporal porque, según han defendido fuentes municipales, "no puede haber dos personas que cubran un mismo puesto de trabajo".
Además, la Ley de Presupuestos del Estado "impide el crecimiento de la plantilla en las administraciones, por lo que no se puede tomar otra decisión que no sea la del despido", han apostillado.
El PP ha asegurado que los responsables municipales comunicaron este despido "por carta el 11 de diciembre de 2012 sin explicar los motivos". El juez consideró ante ello que la comunicación no reunía "en principio los requisitos previstos en el artículo 55.1 del Estatuto de los Trabajadores, tal y como lo entiende la Jurisprudencia citada, al no proporcionar al actor un conocimiento claro e inequívoco de los hechos que determina la extinción de su relación laboral", según han informado los 'populares'.
Por su parte, el Ejecutivo municipal ha considerado que el Juzgado declara el despido improcedente por "un defecto de forma" y, en este sentido, ha justificado el recurso porque los motivos del despido "están suficientemente claros al tratarse de un contrato de interinidad al suplir a otro trabajador".
J.J.R.R comenzó su relación laboral con el Consistorio en noviembre de 2007 como conductor de mantenimiento en la recogida de residuos sólidos urbanos, encadenando contratos temporales hasta que se produjo el despido.