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El juzgado de lo social declara improcedente el despido del arquitecto municipal de Torrejón de la Calzada

Este despido le va a costar a las arcas del Ayuntamiento una suma en torno a los 81.000 euros.

Jueves 02 de octubre de 2014
El juzgado de lo social nº 34 ha sentenciado que el despido del anterior arquitecto municipal de Torrejón de la Calzada, Alfredo S., es improcedente. Desde Grupo Local Independiente de Torrejon de la Calzada (GLITC) se indica que "las informaciones filtradas a los medios por la alcaldía de Torrejón de la Calzada, además de manipuladas, atentan contra el honor del anterior alcalde y su equipo, al acusarles de tener contratado al citado arquitecto “en fraude de ley” desde 1990".

El actual alcalde del PP, Eusebio García, "pasa por alto que en 1990, el alcalde de Torrejón de la Calzada era Francisco Cofrade, tío suyo, y que José María Naranjo no era miembro de la Corporación local. También obvia que el arquitecto ha seguido contratado durante otras cinco legislaturas más, en las que ha habido gobiernos del PSOE, del PP y del GLITC", señalan desde la formación independiente.

Desde GLITC se asegura que "el argumento del PP local para el despido del arquitecto, se basa en que estaba contratado en “fraude de ley”, algo incierto porque el colegio de arquitectos reconoce la figura de arquitecto municipal honorario, para los ayuntamientos que no tengan un “arquitecto funcionario”. El Partido Popular pretendía no reconocer la verdadera antigüedad de los servicios prestados al Ayuntamiento por este trabajador, señalando que no había relación laboral antes del 1/06/2006, y la sentencia dice que tiene relación laboral desde el 30/05//1990".

Este despido le va a costar a las arcas de Torrejón de la Calzada una suma en torno a los 81.000 euros.

Para el partido independiente, "las prisas en este despido, pueden dejar entrever otras causas ajenas a la labor profesional de este arquitecto; y la mejor manera de tapar estas prisas es intentar hacer ver que el despido ha sido por unos motivos, que el juzgado de lo social nº 34 ha “tirado por tierra”, declarando improcedente el despido del arquitecto municipal de Torrejón de la Calzada, Alfredo S, algo que también reconoce la entidad demandada (Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada) en la sentencia".

Poco después con fecha 23 de febrero de 2012 se decide contratar, mediante decreto, a Roberto San Segundo como nuevo arquitecto que de forma externa preste los mismos servicios que desempeñaba Alfredo S. Resulta inconcebible esta decisión puesto que sus informes no pueden ser válidos ni vinculantes en el procedimiento de una administración pública como lo es el Ayuntamiento.

"Acusar de despilfarro a los demás, es la mejor forma de tapar la incompetencia del alcalde del PP, a la hora de gestionar los fondos público y los votos de los habitantes de Torrejón de la Calzada. Estos 81.000 euros públicos podrían haberse ahorrado muy fácilmente, pero es más fácil echar la culpa a los demás en vez de asumir los errores propios", concluyen desde GLITC.




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