Argumenta que el reconocimiento de deuda a la empresa adjudicataria se ajustó "a derecho" y que no hubo fraccionamiento de contrato.
Jueves 02 de octubre de 2014
El Juzgado número 18 de lo Contencioso-administrativo de Madrid desestimó el recurso interpuesto por el portavoz del partido independiente 'Unión por Leganés' (ULEG), Carlos Delgado, contra una decisión de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Leganés en la que se aprobó un reconocimiento de deuda de 44.511 euros en diciembre de 2008 a la empresa 'Cosersa SA'.
En la sentencia, el juzgado consideró que este reconocimiento se aj ustó "a derecho", al argumentar que los servicios prestados por la compañía "no suponen la vulneración de algo que paralelamente se está tramitando, ni se intenta con ello evitar un proceso de adjudicación del contrato de 'Servicios de mantenimiento de instalación de saneamiento municipal', según el procedimiento legalmente establecido".
El edil independiente presentó el recurso contra la decisión de la Junta de Gobierno al entender que la prórroga del contrato de servicios de alcantarillado en el municipio "ocultaba un fraccionamiento de contrato", algo que el juzgado, según informaron hoy fuentes municipales, desestimó "al tratarse de un servicio básico y que corresponde, en toda lógica, seguir manteniendo aunque se estuviese preparando otro pliego de condiciones".
El Ejecutivo municipal (PSOE e IU) recriminó al edil independiente que siga haciendo "perder tiempo y dinero a la administración de justicia por obtener -agregaron- un titular en algún medio de comunicación para conseguir la notoriedad".