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Madrid Arena: Las acusaciones ven omisión del deber de socorro en Viñals tras el informe de ICOMEN

jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h

Las acusaciones particulares en el 'caso Madrid Arena' consideran que Simón Viñals y su hijo Carlos podrían haber incurrido en la comisión de un delito de omisión del deber de socorro por su actuación en la fiesta de Halloween que se celebró hace casi un año tras las conclusiones que se incluyen en el informe emitido por el Colegio de Médicos de Madrid (ICOMEN), han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

Este informe, conocido el pasado jueves, resolvía una denuncia presentada el pasado mayo por las acusaciones particulares a raíz de las declaraciones realizadas en sede judicial por Simón Viñals, quien se encargó del botiquín instalado en el Madrid Arena para cubrir las emergencias médica del evento organizado por Diviertt.

El escrito concluía que Viñals ejerció presuntamente "la profesión médica sin estar capacitado para ello" y prestó "una atención médica carente, al parecer de calidad médica y humana exigibles en las circunstancias en las que se hallaba", entre otros aspectos.

Ahora, las acusaciones han solicitado al colegio que ponga al juzgado en conocimiento del citado informe, incluyendo su denuncia, en aras a que el juez pueda fijar una fianza para asegurar posibles responsabilidades económicas que se depuren del proceso judicial, dado que no tienen póliza.

"Su actuación no es correcta. Las pistas, las autopreguntas y las respuestas --del informe-- tienen que ver con esto. Entendemos que hay una omisión del deber de socorro. Es evidente que no tienen póliza y pediremos al juez que fije las oportunas fianzas", ha señalado a Europa Press la abogada Mª José Siñeriz, que defiende a la familia de Cristina Arce.

INCAPACITADO

En el informe, el colegio se pronuncia sobre varios aspectos de la actuación de los Viñals aquella trágica noche y comienza recordando que Simón figura en el colegio como colegiado honorífico, siendo uno de los requisitos para ostentar esta distinción el no continuar ejerciendo la profesión médica.

"Es evidente que el doctor Simón Viñals continuó ejerciendo la profesión, luego tenía la obligación de estar colegiado con el ejercicio y estar corriente en el pago de cuotas colegiales, lo que no ocurría", asevera el escrito.

En cuanto a si estaba capacitado físicamente, el colegio sostiene que, con sus 77 años, "no solo había superado ampliamente los límites de edad que algunas instituciones ponen para desempeñar una guardia de presencia física, sino también la edad de jubilación".

Y recuerda que las reanimaciones cardiopulmonares (RCP) "pueden llegar a ser extenuantes para un médico en condiciones normales". "Lo que es indiscutible es que un médico en edad laboral hubiera estado en mejores condiciones físicas para realizar ese trabajo que un médico de la tercera edad", apostilla.

Sobre la actuación médica, el colegio critica que el botiquín no contara con un disfibrilador, ya que éste se trajo de una ambulancia, y que no pidiera ayuda a los servicios de emergencia al comprobar la gravedad de la situación.

Por ello, sostiene que quebrantó el Código Deontológico en lo relativo a que "el principio de lealtad del medico es la que debe a su paciente y la salud de éste debe anteponerse a cualquier otra conveniencia".

Además, el informe recoge que hay dudas respecto a la administración de las ampollas de adrenalina que aseguran los Viñals que aplicaron a las chicas, dado que "no tenían una vía cogida ni estaban intubadas".
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