La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcobendas aprobó inicialmente el 20 de octubre la nueva Ordenanza de Convivencia y Seguridad. La revisión actualiza una normativa municipal vigente desde hace más de una década para adaptarla a las necesidades actuales y al marco legal, incorporando conductas que antes no estaban reguladas expresamente y modificando aspectos del régimen sancionador.
Claves de la noticia
La ordenanza, aprobada inicialmente
La Junta de Gobierno Local dio su aprobación inicial en la sesión del 20 de octubre.
Seis ámbitos de actuación
El texto aborda, entre otros asuntos, las pintadas, el descanso vecinal, el alcohol en la calle y la videovigilancia.
Multas por pintadas
Las sanciones pueden llegar a 3.000 euros y alcanzar los 6.000 en caso de reincidencia.
La actualización tiene en cuenta la evolución de los usos y costumbres de la ciudad y los comportamientos que han generado conflictos o molestias. La ordenanza combina prevención, mediación y búsqueda de acuerdos con medidas más firmes ante conductas que deterioren el entorno urbano, perturben el descanso o afecten a la seguridad. También incorpora herramientas municipales y procedimientos para facilitar la gestión de estas situaciones y la resolución de conflictos vecinales.
El texto se organiza en seis ámbitos: refuerzo de la autoridad de los agentes, lucha contra las pintadas vandálicas, protección del descanso, regulación de determinadas ocupaciones del espacio público, reducción de los problemas asociados al consumo de alcohol en la vía pública y uso de videovigilancia como apoyo a la labor policial.
Autoridad policial y protección del espacio público
La normativa amplía las competencias municipales para sancionar determinadas conductas previstas en la Ley de Seguridad Ciudadana, entre ellas el consumo o la tenencia ilícita de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en espacios públicos, así como las faltas de respeto o desobediencia a los agentes durante el ejercicio de sus funciones. La medida busca agilizar la tramitación de las sanciones y reforzar la respuesta de la Policía Local.
Las multas por grafitis y pintadas no autorizadas pasan de 750 a 1.500 euros en los casos más leves. Pueden llegar a 3.000 euros y alcanzar los 6.000 en situaciones de reincidencia. La protección se refuerza especialmente en parques, jardines, señales de tráfico, mobiliario urbano y pantallas de protección acústica. Además, se contempla decomisar y destruir los materiales utilizados. También podrán acumularse sanciones si un informe caligráfico policial atribuye a una misma persona pintadas con la misma estética.
La ordenanza incorpora medidas frente a conductas que, bajo la apariencia de mendicidad o de forma organizada, impliquen acoso o coacción, dificulten el tránsito o ejerzan presión sobre los viandantes. También prohíbe pedir objetos destinados al punto limpio.
Ocupación del espacio y descanso vecinal
En relación con la ocupación del espacio público, se prohíbe dormir sobre colchones en la vía pública, tanto de día como de noche; acumular enseres que causen problemas de salubridad; lavar ropa en fuentes o estanques; instalar tiendas de campaña, chabolas o estructuras destinadas a servir de vivienda, y ocupar prolongadamente el espacio con objetos o mobiliario para pernoctar. Antes de una posible denuncia por pernoctar en la vía pública, se ofrecerá una solución habitacional.
La Policía Local podrá retirar esos elementos y recuperar los espacios ocupados cuando existan razones de seguridad o salubridad. Los responsables podrán asumir los costes de retirada, transporte, depósito y limpieza.
La protección del descanso es otro de los ejes de la norma, que amplía las conductas sancionables cuando alteren de forma significativa la tranquilidad vecinal. Se prohíben la megafonía y otros dispositivos sonoros en exteriores cuando perturben la convivencia, así como el uso inadecuado de equipos de sonido y la realización de actividades fuera de los espacios habilitados. También se incorporan sanciones por molestias en viviendas o zonas comunes derivadas de actividades publicitadas como demanda de servicios sexuales y por actos de exhibición obscena que no constituyan infracción penal.
Asimismo, se podrán sancionar los juegos y el uso de pelotas fuera de los espacios y horarios autorizados, las competiciones deportivas masivas o espontáneas y el uso de bicicletas, patines y monopatines cuando comprometan la seguridad de vecinos y usuarios o puedan dañar el mobiliario urbano.
Medidas sobre el alcohol y la videovigilancia
Para abordar el consumo de alcohol en la calle y sus efectos sobre la convivencia y la limpieza, se establecen nuevas obligaciones para los comercios. La Policía Local podrá intervenir y denunciar la venta de bebidas cuando disponga de datos objetivos y suficientes que acrediten que se destinan al consumo inmediato en espacios públicos no autorizados.
La ordenanza también prohíbe ocultar el interior de los establecimientos con escaparates opacos u otros elementos que dificulten la vigilancia policial. Los comercios que mantengan esos elementos después de ser requeridos podrán recibir multas de hasta 1.500 euros.
Las imágenes de los sistemas municipales de videovigilancia podrán utilizarse, dentro de los límites de la legislación vigente, para acreditar infracciones y tramitar expedientes sancionadores. La ciudad dispone de más de 200 cámaras que estarán a disposición de los agentes locales para perseguir infracciones.
La noticia en cifras
| Tipo | Pregunta o cifra | Respuesta o contexto |
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| FAQ | ¿La ordenanza ya está en vigor? | La Junta de Gobierno Local la aprobó inicialmente el 20 de octubre. La noticia no indica otros trámites ni una fecha de entrada en vigor. |
| FAQ | ¿Qué cambios principales recoge? | Aborda seis ámbitos: autoridad de los agentes, pintadas, descanso vecinal, ocupación del espacio público, consumo de alcohol en la vía pública y videovigilancia como apoyo policial. |
| FAQ | ¿Qué multas prevé por pintadas no autorizadas? | La noticia señala multas de 1.500 euros en los casos más leves, de hasta 3.000 euros y de hasta 6.000 euros en situaciones de reincidencia. |
| FAQ | ¿Qué establece para quienes pernocten en la vía pública? | Prohíbe, entre otras conductas, dormir sobre colchones en la vía pública y ocuparla prolongadamente con objetos destinados a pernoctar. Antes de una posible denuncia por dormir sobre colchones, se ofrecerá una solución habitacional. La Policía Local podrá retirar elementos cuando concurran razones de seguridad o salubridad. |
| Cifras de la noticia |
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| Cifra | 20 de octubre | Fecha de la sesión en que se aprobó inicialmente la ordenanza. |
| Cifra | Seis ámbitos | Número de grandes ámbitos de actuación en que se estructura el texto. |
| Cifra | 750 a 1.500 euros | Importe de las multas por pintadas en los casos más leves, según la noticia. |
| Cifra | Hasta 3.000 euros | Importe que pueden alcanzar las multas por pintadas. |
| Cifra | Hasta 6.000 euros | Importe que pueden alcanzar las multas por pintadas en situaciones de reincidencia. |
| Cifra | Hasta 1.500 euros | Multa para comercios que, tras ser requeridos, mantengan elementos que oculten el interior y dificulten la vigilancia policial. |
| Cifra | Más de 200 cámaras | Cámaras municipales que, según la noticia, estarán a disposición de los agentes locales. |
Preguntas sobre la noticia
¿La nueva ordenanza ya está en vigor?
La Junta de Gobierno Local la aprobó inicialmente en una sesión celebrada el 20 de octubre. La noticia no indica cuándo entrará en vigor ni detalla los pasos posteriores.
¿Qué conductas y espacios aborda la nueva regulación?
El texto incluye medidas sobre pintadas, ruidos y descanso vecinal, uso del espacio público, consumo de alcohol en la calle y videovigilancia, entre otros ámbitos. También contempla conductas relacionadas con la mendicidad cuando impliquen acoso o coacción, dificulten el tránsito o generen presión sobre los viandantes.
¿Qué sanciones prevé para las pintadas no autorizadas?
Según la noticia, las multas pasan de 750 a 1.500 euros en los casos más leves y pueden alcanzar los 3.000 euros, e incluso los 6.000 en situaciones de reincidencia. La ordenanza también contempla el decomiso y la destrucción de los materiales utilizados.
¿Cuándo se podrá intervenir por la venta de alcohol para consumir en la calle?
La Policía Local podrá intervenir y denunciar estas ventas si puede acreditar, mediante datos objetivos y suficientes, que las bebidas estaban destinadas al consumo inmediato en espacios públicos no autorizados.