La convocatoria oficial de la Comunidad de Madrid ofrece ayudas a la inversión para recuperar y mantener la actividad económica afectada por los incendios de la Sierra Oeste en 2026.
Claves de la noticia
Quién puede solicitarlas
Empresas, autónomos y entidades sin personalidad jurídica con actividad económica en la Sierra Oeste y dadas de alta antes del 23 de julio de 2026.
Cuánto se puede recibir
La ayuda cubre el 100 % del gasto subvencionable, con un máximo de 100.000 euros por beneficiario.
Plazo y presentación
El plazo es de 20 días hábiles desde la publicación en el BOCM. La solicitud se presenta por vía electrónica y requiere el alta previa en NOTE.
Gastos incluidos y condiciones de la ayuda
Las inversiones subvencionables comprenden obras de reparación, maquinaria, equipos productivos, instalaciones técnicas, software y sistemas de seguridad. El crédito total de la convocatoria asciende a 3.000.000 de euros, con cargo al Programa 463A, Competitividad.
No son subvencionables el IVA, el leasing, las consultorías ni los gastos corrientes. La convocatoria incluye más información en el sitio web de la Comunidad de Madrid.
La noticia en cifras
| Tipo | Contenido |
|---|
| FAQ | ¿Quién puede solicitar las ayudas? Empresas, autónomos y entidades sin personalidad jurídica con actividad económica en la Sierra Oeste, dados de alta antes del 23 de julio de 2026. |
| FAQ | ¿Qué inversiones se pueden subvencionar? Obras de reparación, maquinaria, equipos productivos, instalaciones técnicas, software y sistemas de seguridad. El IVA, el leasing, las consultorías y los gastos corrientes no son subvencionables. |
| FAQ | ¿Cómo y en qué plazo se presentan las solicitudes? Solo por vía electrónica y con alta previa en NOTE. El plazo es de 20 días hábiles desde la publicación en el BOCM; la noticia no indica la fecha de publicación. |
| Cifra | La ayuda cubre el 100 % del gasto subvencionable, con un máximo de 100.000 € por beneficiario. |
| Cifra | Crédito total: 3.000.000 €. |
Preguntas sobre la noticia
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Empresas, autónomos y entidades sin personalidad jurídica que desarrollen actividad económica en la Sierra Oeste y estuvieran dadas de alta antes del 23 de julio de 2026.
¿Qué gastos se pueden subvencionar y cuál es el importe máximo?
Se contemplan obras de reparación, maquinaria, equipos productivos, instalaciones técnicas, software y sistemas de seguridad. La ayuda cubre el 100 % del gasto subvencionable, hasta un máximo de 100.000 € por beneficiario. No son subvencionables el IVA, el leasing, las consultorías ni los gastos corrientes.
¿Cuál es el plazo y cómo se presenta la solicitud?
El plazo es de 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOCM. La solicitud debe presentarse por vía electrónica y requiere alta previa en NOTE.