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El abogado Juan Manuel Medina durante una vista por el recurso del asesinato del joven rapero en Pacífico, en el Tribunal Superior de Justicia
El abogado Juan Manuel Medina durante una vista por el recurso del asesinato del joven rapero en Pacífico, en el Tribunal Superior de Justicia

El asesino de Isaac impugna ante el TSJM la prisión permanente revisable por error en la apreciación de la alevosía

martes 02 de abril de 2024, 10:31h
La defensa critica que en la sentencia no conste que Isaac blandió un cuchillo tras una discusión previa con David Bárcena

La defensa de David Bárcena, el joven condenado a prisión permanente revisable por el asesinato de Isaac López Triano, ha impugnado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la sentencia que le condenó por vulneración del derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva por un error en la valoración de la prueba y en la apreciación de la concurrencia de la alevosía por parte del tribunal de jurado.

La Sala de lo Civil y Penal ha celebrado esta mañana una vista pública para estudiar el recurso de apelación interpuesto por Bárcena, a través de su abogado, el letrado Alvaro Rojo, contra la sentencia dictada el pasado 8 de noviembre por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid.

David Bárcena ha asistido a la audiencia de forma telemática a través de una videconferencia realizada desde el centro penitenciario de Valladolid. En su turno de palabra, ha declinado añadir algo más de lo aportado ya en el juicio.

Isaac López, de 18 años, murió el 14 de julio de 2021 de cuatro puñaladas en un túnel del barrio de Pacífico de la capital. El día del crimen, Isaac fue alcanzado en el túnel de Pacífico por sus agresores, tres menores ya condenados, tras una persecución de varios minutos por la calle de Méndez Álvaro.

Tras caer al suelo, le agredieron y Bárcena le asestó por la espalda cuatro navajazos mortales. Murió de inmediato y a escasos metros de su madre, quien se encontraba retenida en un coche patrulla tras ser alertada por un amigo.

En el recurso, el letrado Álvaro Rojo plantea nueve motivos de impugnación, siendo el "más relevante" la vulneración del derecho de defensa debido a que se hizo constar en los hechos las preguntas formuladas por la fiscal y la acusación particular a pesar de que el condenado no quiso responder a su interrogatorio, lo que a su juicio influenció en el veredicto del jurado popular.

PORTABA UN CUCHILLO

También cuestiona que el jurado apreciara alevosía, circunstancia agravante que lleva a la imposición de la mayor pena como es la prisión permanente revisable. Considera que hubo un error en la valoración de la prueba del juicio al sustentar su veredicto solo en la pericial forense, lo que implica a su entender una vulneración de la tutela judicial efectiva. Los forenses determinaron que el joven no pudo defenderse al ser apuñalado cuando estaba en el suelo.

De igual modo, se impugna en el recurso el hecho de que el magistrado-presidente de la Sección se extralimitara supuestamente por introducir elementos ajenos al procedimiento en los hechos a valorar por el tribunal del jurado.

Además, ha insistido en que quedó acreditado de manera, a su juicio, "irrefutable" que hubo una discusión previa entre la víctima y su cliente y que Isaac portaba un cuchillo, recalcando que resulta "chocante" que este extremo "ni siquiera se mencione en la sentencia".

Asimismo, ha impugnado que no se apreciara la atenuante muy culificada de reparación del daño, dado que se ha producido "una reparación en todos los ámbitos como el económico, moral al pedir perdón y ponerse a disposición de la familia y social por el acompañamiento que realiza en prisión de presos con discapacidad". "Ha hecho todo lo que se le ha pedido", ha alegado el letrado.

En su turno, la fiscal ha subrayado que la prueba practicada en el juicio ha sido "suficiente" para enervar la presunción de inocencia del condenado y ha recalcado que el veredicto estaba debidamente razonado y justificado.

Por su parte, el abogado de la acusación particular, el letrado Juan Manuel Medina, ha señalado que no concurre ninguno de los motivos que alega la defensa, indicando en primer lugar que el hecho de que consten sus preguntas y las de la fiscal no influyen para nada en el veredicto del jurado.

Respecto a la alevosía, el abogado ha recalcado que el letrado "parece olvidar" que junto a David Bárcena iban tres menores que reconocieron los hechos y que admitieron su pertenencia a la banda latina de los Dominican Don't Play.

También ha recordado que poco "arrepentimiento" hubo y confesión cuando después de los hechos ocurridos en el túnel de Pacífico el condenado se jactó del asesinato colgando vídeos junto a otros miembros de la banda en las redes sociales.

PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE

El pasado noviembre, la Audiencia Provincial de Madrid dictó una sentencia en la que los magistrados penaban a Bárcena en concepto de autor de un delito de asesinato con pertenencia a organización criminal por formar parte de la banda de los DDP, con la concurrencia de la atenuante de reparación del daño.

En el juicio, el condenado defendió que sufrió un ataque de la víctima con un cuchillo, lo que le provocó una "ira incontrolable". Según su versión, Isaac le habría provocado y se enfrentó a él sin "en ningún caso querer quitarle la vida".

La defensa reclamó una condena por un delito de homicidio a cuatro años de cárcel con las circunstancias atenuantes de confesión tardía, reparación del daño, arrebato y adicción a las sustancias.

La resolución judicial establecía que se le impusiera la pena de prisión permanente revisable con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y a la pena de libertad vigilada durante diez años.

Los magistrados exponían que "la prisión permanente revisable se introduce en nuestro Código Penal para ofrecer una respuesta penal extraordinaria a supuestos igualmente extraordinarios en cuanto a su gravedad".

"Ciertamente su aplicación está ligada a la comisión de delitos cuya gravedad es extrema, como asesinatos especialmente graves", apuntaba la Sala en referencia a este caso, que conmocionó a la opinión pública y que supone que Bárcena sea la persona más joven en España en ser condenada a prisión permanente.

En concepto de responsabilidad penal, el condenado deberá indemnizar a la madre del fallecido Isaac López Triano, en la cantidad de 175.000 euros, y a su hermana en la cantidad de 50.000 euros.

La sentencia llegaba después de que un jurado popular declarase al acusado culpable de un delito de asesinato con la agravante de pertenencia a organización criminal.

Tras conocer el veredicto, Nines Triano manifestó que "no podía ser de otra manera". "De la única manera que se puede resarcir, aunque el daño es irreparable, es la prisión permanente revisable", subrayó.

ASESINATO CON ALEVOSÍA

Los miembros del jurado consideraron probado que los hechos se califican de asesinato al concurrir la circunstancia de alevosía al producirse el crimen por sorpresa sin posibilidad de defensa del fallecido.

Además, entendían que está acreditado que integraba la banda latina de los Dominican Don't Play, un extremo que la Policía sustentó en los vídeos en los que el procesado aparecía rapeando junto a miembros probados de los DDP.

También consideraron probado que el chico era una víctima de especial vulnerabilidad al sufrir el trastorno de Asperger si bien no dan por acreditado que los agresores conocieran esta circunstancia.

El tribunal se mostró no favorable a la suspensión de la pena que se imponga en la sentencia y al indulto. En su informe final, la fiscal solicitó que se le condenara a prisión permanente revisable.

En su última palabra, Bárcena pidió de nuevo perdón a la madre del joven fallecido y a su familia por el daño hecho, reclamando una condena justa al tribunal. El chico manifestó en su declaración que Isaac le provocó y le sacó una navaja, por lo que él respondió al sufrir una "ira incontrolable" tras increparle supuestamente el fallecido con la frase: "me cago en tus muertos".

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