La AN avala la semilibertad de Bárcenas pero anula sus salidas de fin de semana y festivos

La AN avala la semilibertad de Bárcenas pero anula sus salidas de fin de semana y festivos

martes 14 de marzo de 2023, 11:21h
La jueza cree que "no se justifica la necesidad ni la vinculación con el proceso de reinserción" de esas salidas
El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha avalado la semilibertad concedida por el Ministerio del Interior al extesorero del Partido Popular Luis Bárcenas pero ha anulado sus salidas de fin de semana y festivos.

En un auto del pasado 20 de febrero, al que ha tenido acceso Europa Press, la jueza María Reyes Jimeno sostiene que "no se justifica la necesidad ni la vinculación con el proceso de reinserción" de Bárcenas de las citadas salidas, así como de la concesión de 48 días de permiso propios del tercer grado.

La magistrada añade respecto a estos días que, de hecho, "suponen un régimen del todo asimilable al tercer grado en régimen abierto, por lo que no procede aprobar este extremo de la propuesta formulada".

El Ministerio que dirige Fernando Grande-Marlaska aplicó el pasado mes de diciembre el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que recoge la posibilidad de la flexibilización del régimen de vida penitenciario para pasar a una situación de semilibertad.

La decisión se adoptó después de que Bárcenas hubiese realizado ya gran parte del programa de reinserción de delincuentes económicos, conocido por las siglas PIDECO, que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente de Interior, puso en marcha en enero de 2020.

36 DÍAS POR AÑO

Así las cosas, la jueza aprueba ahora "la propuesta en relación a las salidas diarias para el desarrollo del programa específico diseñado", y que contempla la actividad laboral y el voluntariado que seguirá Bárcenas. Todo ello "con el disfrute de los permisos propios del segundo grado de clasificación en que permanece". "Es decir, conforme al artículo 154.1 del Reglamento Penitenciario, 36 días por año", indica.

A juicio de la magistrada, las "actividades laborales propuestas en el modelo de ejecución se fundamentan en la propia propuesta y en otros informes remitidos, en la conveniencia de realización de una actividad productiva con el fin de promover una inserción laboral precursora de la inserción social tras el tiempo pasado en prisión".

"Es cierto que, como señala el Ministerio Fiscal, los hábitos laborales no son un déficit en el caso del interno, pero es indudable que la reincorporación al mundo laboral facilita que continue haciendo frente al pago de la responsabilidad civil impuesta por lo que, complementada con las demás actividades de tratamiento, voluntariado y programa PIDECO, favorece la reparación social del daño causado más allá de la sola privación de libertad", añade.

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