Prohibido ser Policía Local a condenados por delitos contra la libertad e indemnidad sexual

Prohibido ser Policía Local a condenados por delitos contra la libertad e indemnidad sexual

miércoles 15 de septiembre de 2021, 14:22h
El nuevo Reglamento, que cuenta con 131 artículos, establece las normas comunes que los ayuntamientos deberán aplicar a partir de ahora en las convocatorias de procesos selectivos para el ingreso y promoción interna de estos cuerpos

La Comunidad de Madrid no permitirá el posible ingreso en las policías locales de toda aquella persona condenada con sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.

Así se recoge en el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales que el Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles por decreto, con el que el Ejecutivo regional moderniza y actualiza la organización, coordinación y formación de los Cuerpos policiales de los municipios.

Según ha desgranado el consejero de Educación, Ciencia y Universidades y portavoz del Gobierno regional, Enrique Ossorio, en rueda de prensa, el nuevo Reglamento, que cuenta con 131 artículos, establece las normas comunes que los ayuntamientos deberán aplicar a partir de ahora en las convocatorias de procesos selectivos para el ingreso y promoción interna de estos cuerpos.

Para ello, la norma fija el tipo de pruebas que hay que superar, su contenido y calificación, asi como los méritos para valorar en las fases de concurso. En este capítulo, el Reglamento Marco excluye del posible ingreso en las policías locales de toda aquella persona condenada con sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Con ello, el Gobierno autonómico protege al conjunto de los ciudadanos y a las víctimas de este tipo de delito.

Asimismo, desaparece el criterio de estatura como exigencia para presentarse a las oposiciones a policía local y se unifican las categorías, funciones, jerarquía y organización interna de los Cuerpos de Policia Local. Además, la Comunidad de Madrid regula la configuración de las plantillas, estableciendo como número mínimo orientativo la existencia de cinco agentes por cuerpo policial.

Con el objetivo de garantizar la seguridad integral en todo el territorio madrileño, independientemente de cual sea la población y el ratio de policías locales de una zona, el nuevo Reglamento prevé que los ayuntamientos puedan prestarse colaboración en el uso de recursos técnicos, materiales e informáticos especializados, contando con la coordinación y apoyo de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, el nuevo Reglamento Marco establece prescripciones generales sobre la uniformidad, equipamiento, armamento y medios materiales de los efectivos policiales -comunes para todos los consistorios-, sin perjuicio de la previsión de una posterior regulación mediante reglamentos específicos en la materia.

En lo que se refiere a la formación de policías, la nueva norma fija como prioridad lograr una formación continua y especializada, que permita a los agentes mejorar su cualificación, favoreciendo el servicio que prestan a los ciudadanos. En este apartado, el Ejecutivo regional sitúa al Instituto de Formacion Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid (IFISE) como referencia para la formación de los profesionales.

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