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Madrid Central sin efecto, el Supremo rechaza el último recurso
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Madrid Central sin efecto, el Supremo rechaza el último recurso

martes 11 de mayo de 2021, 11:20h

El TS ha inadmitido el recurso presentado por los Ecologistas y avala la sentencia previa del TSJM ya advertía del decaimiento de las multas si la decisión judicial adquiría firmeza. Las multas serán cobradas con independencia de que la medida se llegue a anular. Los ecologistas lamentan que el TS avale el "poco disimulado empeño" de Almeida de acabar con la zona de bajas emisiones"

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso presentado por Ecologistas en Acción confirmando así la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la que anulaba la zona de bajas emisiones por defectos formales.

En el auto del Supremo, fechado ayer y consultado por Europa Press, se inadmite tanto el recurso de casación de Ecologistas en Acción Madrid como establece la imposición de costas a la parte recurrente hasta la cifra máxima de mil euros.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulaba el pasado mes de julio Madrid Central tras estimar parcialmente los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil DVuelta Asistencia Legal sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación.

DECAIMIENTO DE LAS MULTAS

El TSJM apreciaba en tres sentencias diferentes la omisión de trámites de elaboración y aprobación del marco legal que sustenta el desarrollo de Madrid Central y las resoluciones, en caso de adquirir firmeza, supondría el decaimiento de las multas impuestas durante su periodo de vigencia. El fallo podía ser recurrido en casación ante el Supremo, que es lo que hizo Ecologistas en Acción.

Los magistrados del TSJM anulaban por "defectos formales" y a petición de la Comunidad de Madrid la ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria el 5 de octubre 2018, todavía con el gobierno de Ahora Madrid.

Lo hacían por la "omisión" del trámite de información pública, un requisito que se considera "esencial, preceptivo e indispensable" al tratarse de una de las "principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos", y que está reconocido en el artículo 23 de la Carta Magna. Así, quedaban anulados los artículos de 21 a 25 de la citada ordenanza.

En relación al recurso del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid, la Sala también estimaba parcialmente su reclamación y anula el artículo 23 del mismo acuerdo del Pleno, al entender que falta la "imprescindible" memoria económica previa a la aprobación de la ordenanza.

LAS MULTAS TENDRAN QUE PAGARSE

Todas las multas comunicadas a los infractores de Madrid Central serán cobradas con independencia de que la medida se llegue a anular, tal y como ha informado este martes el delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, quien ha precisado que la cantidad recaudada por el Consistorio es de 1.393.000 euros en concepto de sanciones desde su puesta en marcha.

Además, todas las multas que ya han sido cobradas no serán devueltas. Si bien, una vez decretada la suspensión definitiva, las no comunicadas al ciudadano dejarán de contabilizar.

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso presentado por Ecologistas en Acción confirmando así la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la que anulaba la zona de bajas emisiones por defectos formales.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulaba el pasado mes de julio Madrid Central tras estimar parcialmente los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil DVuelta Asistencia Legal sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación.

Ahora el Consistorio tiene un plazo de 2 meses para cumplir con esta sentencia. Por eso, el Gobierno municipal está comprometido a "avanzar" en la nueva ordenanza de calidad del aire con el objetivo de que en el mes de julio se respondan las alegaciones y la última semana de este mes se lleva a la comisión de Medio Ambiente y Movilidad.

De no cumplirse con los plazos previstos, teniendo en cuenta que hay más de mil alegaciones, se convocaría un pleno extraordinario en el mes de agosto con el fin de aprobar de forma definitiva esta ordenanza.

LOS ECOLOGISTAS LAMENTAN QUE EL TS AVALE EL "POCO DISIMULADO EMPEÑO" DE ALMEIDA DE ACABAR CON LAS BAJAS EMISIONES

Ecologistas en Acción ha lamentado que el Tribunal Supremo haya inadmitido su recurso de casación reafirmando la sentencia previa del Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por la que anulaba Madrid Central, una decisión que avala el "poco disimulado empeño" del gobierno de José Luis Martínez-Almeida de acabar con la zona de bajas emisiones".

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulaba el pasado mes de julio Madrid Central tras estimar parcialmente los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil DVuelta Asistencia Legal sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación.

El TSJM apreciaba en tres sentencias diferentes la omisión de trámites de elaboración y aprobación del marco legal que sustenta el desarrollo de Madrid Central y las resoluciones, en caso de adquirir firmeza, supondría el decaimiento de las multas impuestas durante su periodo de vigencia. El fallo podía ser recurrido en casación ante el Supremo, que es lo que hizo Ecologistas en Acción.

"Cuando el propio Parlamento Europeo pide una regulación de calidad del aire que impida revertir medidas como Madrid Central, el Gobierno municipal sigue dando pasos en sentido contrario", ha lamentado Ecologistas en Acción.

Ante las críticas del PP por el coste de la zona de bajas emisiones, Ecologistas ha puntualizado que el coste de la puesta en funcionamiento de esta zona de bajas emisiones se calculaba en 11,7 millones de euros durante siete años, por lo que "resulta obvio que su repercusión presupuestaria era ínfima ante un presupuesto municipal que supera los 5.000 millones anuales", aunque "este argumento no fue atendido por el TSJM".

A lo que suman que "para el Supremo la vigencia o no de una zona de bajas emisiones, que ha ayudado a mejorar mucho la calidad del aire en la capital, aparentemente no tiene suficiente trascendencia". Tienen claro que el Gobierno municipal quiere "acabar con uno de los emblemas de la anterior Corporación, a pesar de ser una medida muy valorada por los madrileños y madrileñas y que demandan más barrios de la ciudad".

"Los intentos de desmantelamiento sólo habían sido frenados por los tribunales, algo que ahora ha cambiado con unas interpretaciones de la normativa bastante cuestionables. Y todo esto ocurre mientras luchamos contra una pandemia cuya virulencia se ve agravada por la contaminación y cuando la Comisión Europea ha reanudado el proceso sancionador por superación reiterada de los niveles máximos de dióxido de nitrógeno (NO2)", han destacado en Ecologistas.

En este contexto, Ecologistas en Acción pregunta al alcalde "si le parece aceptable que Madrid sea la ciudad europea con mayor mortalidad asociada al dióxido de nitrógeno, un gas que sale de los tubos de escape" y le reclaman que explique "si suspender una medida que ha reducido un 20 por ciento la contaminación por este gas tóxico durante su primer año de funcionamiento es la mejor forma de garantizar la salud de la población o por el contrario se trata de una descomunal irresponsabilidad que costará muchas vidas".

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