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Bofetada jurídica de Marchena a Llarena
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Bofetada jurídica de Marchena a Llarena

El tribunal sigue a piés juntillas la tesis del Gobierno de Sánchez, defendida por la Abogacía del Estado, de que en el referéndum del 1-O no hubo intento de golpe de estado sino alterciones multitudinarias con algunos casos de violencia

Los siete magistrados del Tribunal Supremo que han juzgado a los 12 dirigentes independentistas procesados por el referéndum del 1 de octubre y la posterior “declaración” de independencia” de Cataluña, han decidido dar una sonora bofetada jurídica al juez instructor Pablo
Llarena y a los fiscales y ponerse al lado del gobierno de Pedro Sánchez para descartar que hubiera rebelión (golpe de estado) y acusarles únicamente de sedición (desórdenes públicos).

El Supremo condena así a cuatro de los acusados, Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, por un delito de sedición y otro de malversación, y a otros cinco, entre ellos la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell, de ellos solo por sedición, mientras que
los tres restantes se libran con multa y e inhabilitación.

La ministra de Justicia, Dolores Delgado, destituyó en noviembre de 2018 al jefe de la Abogacía del Estado, Edmundo Bal, que se negaba a rebajar la acusación contra los independentistas y encargó a la abogada del estado Consuelo Castro que rehiciera la calificación jurídica para pasar de rebelión a sedición.

El tribunal, dirigido por el magistrado Manuel Marchena -a quien el PSOE había criticado por su afinidad al PP- ha aceptado plenamente la tesis socialista de que en el otoño de 2017 – antes y durante el 1 de octubre- se registraron en Cataluña "indiscutibles episodios de violencia" pero cree que estos no bastan para condenar a los líderes independentistas por rebelión constitucional ya que "la violencia tiene que ser una violencia instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios, a los fines que animan la acción de los rebeldes", considerando que con lo que hicieron “no podían imponer de hecho la efectiva independencia territorial y la derogación de la Constitución".

En contra del auto de procesamiento que redactó el magistrado instructor Pablo Llarena, los magistrados afirman que “bastó una decisión del Tribunal Constitucional” para que no se aplicaran las leyes de ruptura aprobadas por el Parlament y solo hizo falta “la mera exhibición de unas páginas del Boletín Oficial del Estado” que publicaban la aplicación del artículo 155 de la Constitución para que algunos de los procesados huyeran y los que se quedaron en España desistieran “incondicionalmente de la aventura que habían emprendido”.

El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras ha visto así reducida su primera petición de penad de 25 a 13 años, mientras que Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa se quedan en 12 años de cárcel, más las correspondientes inhabilitaciones para cargos públicos; la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, ha sido condenada a 11 años y medio y a los otros dos ex miembros del Govern, Josep Rull y Joaquim Forn. absueltos del delito de malversación, el tribunal les ha impuesto 10 años y medio de prisión. Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, los líderes de la ANC y de Òmnium, condenados por sedición tendrán que penar 9 años en la cárcel.

Los exconsejeros Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs, que estaban en libertad provisional han sido sentenciados a un año y ocho meses de inhabilitación especial y diez meses de multa con una cuota de 200 euros diaria, al entender el tribunal que si bien “todos ellos suscribieron un acuerdo del Govern para asumir de forma solidaria los gastos que se promovieran para la realización del referéndum, no ha quedado probado que hubieran puesto los departamentos que dirigían al servicio de gastos concretos para la celebración del referéndum
ilegal.

El tribunal ha asumido plenamente la calificación jurídica dictada por la Abogacía del Estado, de que solo hubo sedición y no rebelión (golpe de estado), al entender que los líderes del procés no instigaron actosde violencia como parte de su plan secesionista, aunque sí movilizaron
a la ciudadanía "en un alzamiento público y tumultuario" para impedir la aplicación de las leyes y obstaculizar el cumplimiento de las decisiones judiciales.