Tres años por agredir a su mujer y tirar su cadáver a un contenedor

Tres años por agredir a su mujer y tirar su cadáver a un contenedor

lunes 11 de marzo de 2019, 11:04h
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a tres años y cuatro meses de prisión a Edwin O.C.por homicidio imprudente de su mujer, una pena que se ha fijado en el acuerdo de conformidad alcanzado por las partes para evitar la repetición del juicio que había ordenado el Tribunal Supremo tras anular la vista y la pena de 15 años de cárcel que se le impuso.

Edwin O.C., condenado a tres años y cuatro meses de cárcel por homicidio imprudente de su mujer, entrará en prisión directamente con el régimen de tercer grado al haber cumplido ya dos años y medio de su condena.

En octubre de 2018, el Tribunal Supremo anuló la sentencia que le condenó a 15 años de prisión por homicidio con la agravante de parentesco y ordenó repetir el juicio.

El condenado sostuvo que la muerte se produjo de forma accidental después de que la mujer se cayera de espaldas desde un taburete y se diera contra un armario. Tras ello, tiró el cadáver a un contenedor. Sigue sin aparecer.

Hoy estaba fijada la vista para el segundo juicio. Pero se ha llegado a un acuerdo de conformidad en el que el acusado ha aceptado una condena de tres años de cárcel por homicidio imprudente.

Tras ser detenido por los hechos, Edwin O.C. estuvo en prisión provisional desde el 28 de junio de 2015 hasta el 3 de diciembre de 2018. Por tanto, le faltaría un año para extinguir su condena. Al cumplir ya las tres cuartas partes de la misma, entrará en prisión directamente en tercer grado.

Esto supone que pasará a cumplir condena en un centro de régimen abierto. Tendrá la obligación de pernoctar en el establecimiento penitenciario.

ACCIDENTE DOMÉSTICO

En el juicio, que se celebró en junio de 2017, el Jurado Popular que enjuicio los hechos no creyó la versión del hombre acerca de que su mujer había tenido un accidente doméstico. De igual modo, lo entendió el TSJM, ya que ratificó la condena.

Edwin O.C. sostuvo que la muerte se produjo de forma accidental después de que la víctima se cayera de espaldas desde un taburete y se diera contra un armario.

En su recurso, el condenado alegó diversas infracciones procesales, que habrían generado su "indefensión" y vulnerado su derecho a un proceso con todas las garantías.

Una de esas infracciones se basaba en que la prueba para sustentar la condena fue las declaraciones que el hombre prestó en comisaría y que después no fueron ratificadas ante el juez.

"El hecho de que el juicio girará en sus aspectos sustanciales sobre una declaración policial no ratificada judicialmente, conlleva necesariamente la vulneración de una garantía procesal que adultera y distorsiona el resultado probatorio", señala la sentencia.

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