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El Supremo analiza en vista pública los 16 recursos sobre la sentencia del Madrid Arena

El Supremo analiza en vista pública los 16 recursos sobre la sentencia del Madrid Arena

martes 14 de noviembre de 2017, 10:50h
La Audiencia Provinicial de Madrid condenó a cuatro años de cárcel al empresario Miguel Ángel Flores por la muerte de cinco jóvenes en la fiesta que organizó el 1 de noviembre de 2012 en ese pabellón y declaró responsable civil subsidiario al Ayuntamiento

El Tribunal Supremo analizará en una vista pública prevista para el 14 de noviembre los recursos de casación interpuestos a la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid sobre el caso Madrid Arena, que condenó a cuatro años de cárcel al empresario Miguel Ángel Flores por la muerte de cinco jóvenes, Belén, Cristina, Katia, Belén y María Teresa, en la fiesta que organizó el 1 de noviembre de 2012 en ese pabellón.

En ese mismo fallo, se declaraba la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de Madrid, dado que el Consistorio madrileño es propietario del edificio donde se produjo la tragedia.

Según han informado a Europa Press fuentes jurídicas, la vista pública del Alto Tribunal abordará hasta 18 recursos de casación presentados. La sala de lo Penal del Supremo será la encargada de deliberar, la componen cinco magistrados, con el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y el ponente Julián Sánchez Melgar, a la cabeza.

Entre los recurrentes se encuentra el propio Miguel Ángel Flores y el que fuera responsable de la empresa Madridec, Francisco del Amo. Aparte, las familias de las víctimas también presentaron recursos ante la sentencia. Otros de los recurrentes son las empresas Kontrol 34, Seguriber y Diviertt (al que también se une el presentado por su director general Santiago Rojo).

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial considera al dueño de la empresa que organizó la fiesta mortal autor de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y 29 delitos de lesiones.

En el juicio, la Fiscalía de Madrid solicitó cuatro años de cárcel para Flores por cinco delitos de homicidio imprudente grave y seis años de inhabilitación para ejercer la profesión de empresario u organizador de fiestas. Las acusaciones planteaban una petición a veinte años, cuatro años por cada joven fallecida.

Asimismo, se absolvía al exjefe de la Policía Municipal de Madrid Emilio Monetagudo de responsabilidad en la tragedia, al igual que el caso de los doctores Simón Viñals y su hijo Carlos, encargados de la enfermería que se instaló en la fiesta mortal que se celebró hace casi cuatro años en el pabellón Madrid Arena.

SOBREAFORO

Los magistrados consideran acreditado que la muerte de las cinco jóvenes y las lesiones de otras 29 personas se produjo como consecuencia del sobreaforo existente, al haber entrado al recinto alrededor de 16.600 personas.

Además, exponían que a estos delitos contribuyó a su vez el cierre de vomitorios y escaleras, con lo que se dificultó el tránsito de los asistentes por el pabellón, y haberse derivado la entrada del público a través de las puertas de emergencia directamente a la pista, que ya se encontraba saturada por el sobreaforo.

Además, la Audiencia inhabilitaba a Miguel Ángel Flores, al que considera que actuó intentado conseguir en todo momento el "máximo beneficio económico", para el ejercicio profesional de cualquier actividad en relación con la organización y celebración de eventos durante el tiempo de condena.

La Sala consideraba también culpables de cinco delitos de homicidio por imprudencia y lesiones al responsable de Madridec, Francisco del Amo, y al director general de Diviertt, Santiago Rojo, a los que condena a tres años de prisión, y a Miguel Ángel Morcillo, de Diviertt, y a Carlos Manzanares, de Kontrol 35, a los que se les impone una pena de dos años, seis meses y un día de prisión.

El tribunal condenaba también a todos estos acusados, al igual que a Miguel Ángel Flores, a la inhabilitación especial para el ejercicio profesional de cualquier actividad en relación con la organización y celebración de eventos y espectáculos durante el tiempo respectivo de sus condenas.

Los magistrados consideraban que los coordinadores de Seguriber Juan José Paris y Raúl Monterde son responsables en menor grado y les impone una pena de multa (doce meses a una cuota diaria de 10 euros).

También recogía que el responsable de seguridad Rafael Pastor cometió infracciones constitutivas de falta, que en la actualidad están despenalizadas, por lo que es absuelto, si bien debe responder, junto con todos los anteriores, del abono de las indemnizaciones a las familias de las víctimas, que giran en torno a los 350.000 euros para cada familia y a los lesionados en proporción a las lesiones y secuelas que padecieron.

En cuanto al resto de los acusados, el tribunal absolvía a José Ruiz Ayuso, técnico de Madridec y a José Antonio Díaz Romero, jefe de seguridad de Seguriber por considerar que no tuvieron responsabilidad en los hechos.

Y también hace lo propio con Roberto Mateos, vigilante de Seguriber, y Emilio Belliard, de Kontrol 34, por entender que por su carácter de subordinados no tenían capacidad operativa para evitar el trágico resultado.

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