Franco, apoyo al allcalde de Alcalá tras pedir la Audiencia que declare por prevaricación

Franco, apoyo al allcalde de Alcalá tras pedir la Audiencia que declare por prevaricación

jueves 26 de octubre de 2017, 13:26h
El portavoz del PP alcalaino presentó una querella contra el regidor y presidente del Cómite de Ética del PSOE, Javier Rodríguez, un delito de prevaricación administrativa y otro contra los derechos cívicos tras la celebración de un pleno al que no pudieron asistir dos ediles del Partido Popular

El secretario general de PSOE de Madrid, José Manuel Franco, ha defendido este jueves al alcalde de Alcalá y presidente del Cómite de Ética del PSOE, Javier Rodríguez, después de que la Audiencia Provincial de Madrid haya pedido que se le cite a declarar por convocar el Pleno de presupuestos de 2016 por la vía de urgencia al que no podían asistir dos ediles del PP y ha defendido que se trata un tema "procedimental".

En rueda de prensa, después de que este miércoles se celebrase la primera reunión de la nueva Ejecutiva regional, Franco ha defendido que la futura citación no tiene relación alguna "ni con corrupción, ni con cuestiones económicas" sino que se trata de un "tema procedimental" con la convocatoria de un Pleno.

En este sentido, el secretario general ha defendido que dicho Pleno se hizo "de acuerdo a ley y a los procedimientos administrativos". "En primera instancia se sobreseyó la causa, ahora parece que se reabre", ha indicado, para a continuación trasladar su "respeto absoluto a las decisiones judiciales".

Franco ha explicado que la ausencia del PP "no iba a variar el resultado del Pleno" y se trataba de una aprobación inicial ante la que "había tiempo" de hacer alegaciones. "No se hicieron alegaciones y repito la cuestión no tiene que ver con corrupción ni con temas económicos", ha reiterado.

LA DENUNCIA DEL PP

El PP presentó una denunca contra Javier Rodríguez Palacios, al que acusa acusado de un delito de prevaricación administrativa y otro contra los derechos cívicos. El portavoz de los populares, Víctor Chacón presentó una querella contra el alcalde a raíz de la celebración de un pleno de presupuestos que se convocó por la vía de urgencia el 10 de junio de 2016 y al que no pudieron asistir ni él ni otro edil del Grupo del PP en el Consistorio porque se encontraban en el extranjero --En el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, gobierna el PSOE que, junto con Somos Alcalá e IU forman mayoría absoluta--.

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la sección 15º de la Audiencia acepta el recurso de apelación presentado por el portavoz popular al auto del Juzgado de Instrucción número 6 de Alcalá que rechazaba un recurso de reforma, y por el que se archivaba la causa. Con esta decisión, revoca dicha resolución dejando sin efecto el sobreseimiento para que "continúe la investigación".

La Audiencia entiende que en este caso la investigación se ha orientado solamente a la valoración de la convocatoria del Pleno "desde un punto de vista meramente formal" y que "no se ha examinado la base fáctica de la urgencia que determina la utilización de esta vía", destaca el escrito, adelantado por un diario nacional.

"En la documentación del Pleno correspondiente figura la exposición por el querellado de cuatro razones -disposición de presupuestos lo antes posible, inicio de la campaña electoral, pagos a proveedores y negociaciones para llegar a acuerdos con estos, y evitar las fechas del verano- que determinaban la urgencia de la convocatoria con vistas a aprobar los presupuestos municipales", señala.

Por ello, "resulta a todas luces insuficiente en relación con el propósito de la causa, siendo imprescindible tomar declaración" al alcalde "para que, si lo estima oportuno, se explique sobre dichas razones de urgencia, a fin de poder también valorar si, como se sostiene en la querella, pudo pretender soslayar con tal modalidad de convocatoria la asistencia de los concejales que se encontraban en el extranjero".

Los magistrados de la Audiencia añaden que tras dicha declaración, "y en función de su resultado, habrá de decidir el Juzgado de Instrucción si resulta oportuno practicar más diligencias y adoptar, con plena libertad de criterio, la resolución que proceda".

UN PLENO SIN DOS EDILES DEL PP

Chacón recurrió la celebración de este pleno porque no pudo acudir al mismo dado que se encontraba en el extranjero unos días porque estaba de luna de miel. Se lo comunicó al alcalde y, sin embargo, se celebró, a su entender, con el "único objetivo de impedir la presencia e intervención en el pleno" de los dos concejales del PP --el otro edil estaba fuera por motivos de trabajo--.

El auto de fecha 3 de abril de 2017, que fue confirmado por la resolución ahora apelada, descartaba el delito de prevaricación administrativa, argumentando que, contrariamente a lo sostenido en la querella, el alcalde convocó la sesión extraordinaria y urgente del Pleno del Ayuntamiento "de acuerdo con el informe de fecha 2 de febrero de 2017, emitido por el Secretario de la corporación" y que la convocatoria reunió "todos los requisitos exigidos en la normativa aplicable".

En este nuevo auto los magistrados sí que apuntan que, si la convocatoria de una sesión extraordinaria y urgente se hace, "no porque exista la urgencia (...), sino por el mero interés del convocante u otra razón espuria, como el propósito de eludir la asistencia de alguno de los concejales, aunque se cumplan los requisitos formales de la convocatoria -y aunque posteriormente sea ratificada en el Pleno esa urgencia carente de base real-, nos encontramos ante una resolución arbitraria susceptible de encaje en la tipicidad del artículo 404 del Código Penal".
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