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TSJM tumba el recurso contra la suspensión de la jornada de 35 horas
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TSJM tumba el recurso contra la suspensión de la jornada de 35 horas

viernes 31 de marzo de 2017, 11:35h
El tribunal entiende que los trabajadores municipales "en nada" se ven afectados por la suspensión acordada y desestima así el recurso presentado por el Ayuntamiento y los sindicatos

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado los recursos del Ayuntamiento de Madrid y de sindicatos contra la suspensión cautelar de la jornada de 35 horas semanas de los empleados públicos municipales.

Concretamente, el recurso fue interpuesto por la Federación de Servicios Públicos de UGT, la Central Independiente de Sindicatos, la Federación Coalición Independiente de Trabajadores-Unión de la Policía Municipal y el letrado del Consistorio contra la orden judicial de medidas cautelares, no definitivas, dictadas el 1 de febrero tras ser denunciada la situación por la Delegación del Gobierno en Madrid.

El tribunal, según un auto al que ha tenido acceso Europa Press, entiende que los trabajadores municipales "en nada" se ven afectados por la suspensión acordada, "que en nada se ven afectados por la suspensión acordada, puesto que van a seguir ostentando los mismos derechos laborales y horario de trabajo que venían teniendo reconocidos hasta el dictado de los actos administrativos suspendidos, por lo cual la citada suspensión no restringe ni vulnera derecho adquirido".

Frente al argumento municipal de que la suspensión afecta a los derechos de los trabajadores, los jueces indican que se alzan los "intereses generales" que en este caso "vienen materializados por el derecho de los ciudadanos madrileños a ver resueltos los asuntos de toda índole que penden ante el Consistorio, de acuerdo con los principios de celeridad y eficacia, que constituyen asimismo imperativo constitucional, habida cuenta de la amplitud de funciones y de que se trata del órgano rector de la capital del Estado, sobre el que pesa una ingente cantidad de funciones que no pesan sobre otros ayuntamientos".

Por todo ello, la Sala judicial acuerda desestimar todos los recursos de reposición e imponer las costas procesales a todas las partes en una cuantía máxima de 300 euros. El auto es susceptible de recurso de casación, que deberá presentarse en un plazo de 30 días.

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