Sobreseida la querella contra tres directivos de Telemadrid

lunes 12 de enero de 2015, 12:57h
El juez rechaza que hayan incurrido en un delito de administración fraudulenta y malvesación de caudales públicos

El Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid ha rechazado que tres directores generales de Radio Televisión Madrid (RTVM) incurrieran en un delito de administración fraudulenta y malversación de caudales públicos a través de la entidad Madrid Deporte Audiovisual S.A., encargada de la compra de derechos de partidos de fútbol.

El concreto, el juez ha dictado un auto fechado a 7 de enero de 2015 en el que acuerda el sobreseimiento provisional de las diligencias iniciadas a instancias de la Asociación de Afectados por la gestión de la televisión pública madrileña contra los exdirectores de RTVM Manuel Soriano e Isabel Linares Liébana y el actual director, Ángel Martín Vizcaíno, al considerar que los hechos denunciados "no son constitutivos de ilícito penal alguno".

La Asociación de Afectados por la Gestión de la Televisión Pública Madrileña presentó una querella contra los tres directivos denunciando los delitos de administración fraudulenta y malversación de caudales públicos. Querían demostrar que la compra por Madrid Deporte Audiovisual S.A. de los derechos de los clubes Atlético de Madrid y Getafe C.F. eran la causa del procedimiento de despido colectivo que se llevo a cabo en Telemadrid en el año 2013.

El juez ha analizado la actividad de la entidad desde 2007, cuando se constituye Madrid Deporte Audiovisual con el fin de adquirir, gestionar y explotar los derechos audiovisuales y televisivos de los partidos del Atlético de Madrid y Getafe --Telemadrid cuenta con el 49 por ciento del accionariado frente al 47,5 por ciento de Caja Madrid, el 2,5 por ciento del Atlético y el 1 por ciento del Getafe--.

Se recuerda, así mismo, que se han formulado distintas demandas en reclamación a los club por presuntos incumplimientos de contrato a lo largo de los últimos años y que se han presentado todas las cuentas de la entidad no acreditándose "omisión de ningún tipo" por parte de los querellados. Por tanto, entiende que no se ha producido la conducta denunciada en la entidad ni en los directivos, en relación a la administración fraudulenta.

En cuanto a la malversación de caudales públicos, la Asociación indicaba que los tres directores habían dejado que terceras personas tomaran cantidades de la entidad Madrid Deporte Audiovisual pero los documentos presentados por ésta, contratos con la cláusula del precio por temporada, los anticipos y la venta de derechos publicitarios, no lo demuestran, según el magistrado.

Tras analizarlos, concluye que las operaciones realizadas por los querellados "no tienen elemento alguno del delito imputado" de malversación de caudales públicos y acuerda el sobreseimiento provisional "al no aparecer suficientemente justificada su perpetración". Contra el auto cabe recurso de reforma en un plazo de tres días.
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