Piden qe los apgos superiores a 3.000 € tengan una certificación bancaria
jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
Actualizado el: 21/03/2014 11:49h
El dictamen de la Comisión de Investigación sobre el Informe que la Cámara de Cuentas emitió el pasado noviembre sobre el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid recomienda que los pagos o transferencias realizados por la Tesorería Municipal que superen los 3.000 euros sea requisito previo la certificación emitida por la entidad bancaria que acredite la correlación entre el titular, receptor del pago, y el número de cuenta aportado por el mismo.
Ello se desprende después de analizar las indicaciones del órgano fiscalizador en referente al convenio de colaboración con la Federación de Empresarios de Madrid (FEDECAM) para la dinamización del pequeño comercio.
La Cámara de Cuentas cuestionaba el pago a una empresa que FEDECAM contrató para la ejecución del convenio de colaboración al entender que había dudas sobre su justificación ya que se presentó la documentación fuera de plazo.
Sobre este punto, el dictamen de la comisión detalla que se ha justificado adecuadamente la subvención de 69.000 euros del referido aunque la documentación aportada por FEDECAM, tal como refleja el informe de la Cámara de Cuentas, se presentó fuera del plazo establecido al efecto.
"Esta Comisión considera también que ha quedado acreditado el pago indebido de 30.000 euros a la Mercantil Producciones Albahaca, que dio origen a la apertura por parte del Ayuntamiento de un procedimiento de reclamación en vía administrativa y posteriormente a la interposición de una denuncia penal por apropiación indebida, contra la referida empresa, cuyo representante aportó a nombre de FEDECAM un número de cuenta que resultó ser de su propia empresa", expone el informe.
El proceso penal, tal y como detalla el dictamen, fue archivado y en la actualidad se está tramitando la vía de apremio para tratar de recuperar la cantidad indebidamente abonada.
Sobre esta cuestión, la Comisión recomienda que para las subvenciones que el Ayuntamiento acuerde aportar previamente a que se realice el gasto, los servicios técnicos establecerán mecanismos necesarios para garantizar que la documentación requerida para justificar el gasto se entrega en el plazo establecido.