Campaña de control de velocidad
jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
La Policía Municipal de Móstoles llevará a cabo entre el 1 de julio y el 9 de septiembre una campaña especial de concienciación y control sobre el respeto a los límites de velocidad en el municipio. La campaña sigue las directrices de la Unión Europea, que considera la velocidad en el tráfico como uno de los principales problemas de la Seguridad Vial.
De esta forma, los agentes de la Unidad Operativa de Tráfico intensificarán los controles de velocidad, estableciendo servicios de vigilancia en todos y cada uno de los Distritos de la población. Para llevar a cabo esta labor, se les ha dotado de un moderno cinemómetro móvil (radar) Autovelox 105 SE.
Según el Concejal de Seguridad, Juan Manuel Manjavacas, “ la velocidad sigue siendo uno de los factores que provoca un mayor número de accidentes y que, en todo caso, agrava sus consecuencias. Por ello, es fundamental que todos los conductores cumplan con los límites establecidos. Como norma general, es necesario que en el interior de la población exista una mayor observación y rigurosidad con los límites de velocidad, ya que, por ejemplo, una velocidad inadecuada allí donde el peatón adquiere un mayor protagonismo podría desencadenar un atropello de fatales consecuencias”.
Los controles, que podrán ser realizados en cualquier calle de la localidad, serán prioritarios en aquellos puntos donde se producen más accidentes de tráfico, así como en zonas escolares, deportivas y, en general, aquellos lugares susceptibles de circular a una velocidad mayor que la permitida y que serán publicados en la página web del Ayuntamiento.
NORMATIVA
La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad. El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.
Además, el sistema de Permiso por Puntos contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido.
El artículo 379 del Código Penal, estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
Asimismo, los conductores que lleven instalado en el vehículo inhibidores de radar o cualquier otro mecanismo encaminado a eludir los sistemas de vigilancia (manipulación de placa de matrícula) estarán cometiendo una infracción muy grave, que lleva aparejada una sanción de 6.000 euros (sin derecho a reducción) y la detracción de 6 puntos.