Los sindicatos aseguran que todos los miembros de Comité de Huelga de Metro ya han sido sancionados

Como consecuencia del incumplimiento de los servicios mínimos fijados durante la huelga del 29 y 30 de junio.

jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
El portavoz del Comité de Huelga de Metro de Madrid, Antonio Asensio, ha asegurado este jueves que sus diez miembros ya han sido sancionados por la compañía como consecuencia del incumplimiento de los servicios mínimos fijados durante la huelga del 29 y 30 de junio.

Concretamente, Ignacio Arribas, de CC.OO; Teo Piñuelas, de UGT, y Vicente Rodríguez, del Sindicato de Conductores, han sido sancionados con dos meses de suspensión de empleo y sueldo. Los restantes siete miembros habrían sido castigados con diez días.

No obstante, el consejero delegado de Metro, Ignacio González Velayos, aseguró que la Dirección de la empresa continuaba con la tramitación de los expedientes disciplinarios.

"Hemos distinguido aquellos trabajadores que han incumplido los servicios mínimos, que es la gran mayoría, que no pudieron acceder a sus puestos de trabajo bien por miedo o por bien por las declaraciones que algunos portavoces hicieron de esa jornada que han tenido una sanción disciplinaria que está anotado en sus expedientes y otro tipo de expediente que tiene la sanción de despido y que en estos momentos están en la fase de recursos de la parte de los interesados", matizó.

De esta forma, explicó que se están manejando una cifra de despidos que va entre los miembros del Comité de Huelga y aquellos que incumplieron "gravemente" estos servicios mínimos que son aquellos que "no solamente no acudieron a su puesto de trabajo, sino que tampoco acudieron a realizar las labores de mantenimiento necesarias para un sistema de transporte público como es el Metro de Madrid".

Desde Metro de Madrid aseguran que los expedientes continúan en curso y han querido desmarcarse de las afirmaciones de los sindicatos.

En la vista oral por la denuncia interpuesta por la compañía, celebrada el jueves los sindicatos representantes de los trabajadores del Metro de Madrid dijeron al juez que incumplieron los servicios mínimos durante la huelga del 29 y 30 de junio porque el Metro "no es un servicio esencial" y que si bien la huelga ocasionó molestias para los madrileños, estos se pudieron desplazar con "más tiempo".

Concretamente, la demanda va contra los cinco sindicatos convocantes (Sindicato de Conductores, CC.OO., UGT, Solidaridad Obrera y Sindicato Libre), contra los miembros del comité de huelga y los del comité de empresa, y pide que se declare "judicialmente" que la huelga en estos dos días "fue ilegal e ilícita por su carácter abusivo".

Durante el desarrollo del pleito, ambas partes explicaron sus posturas, cuyas diferencias se sitúan principalmente en que la compañía considera que los paros del 29 y 30 junio sin servicios mínimos fueron "abusivos" al estar organizados antes incluso de que la Consejería de Transportes fijara los mínimos.

Por su parte, los sindicatos aseguran que los mínimos eran "abusivos", y alegan que todavía está pendiente de tramitación por parte del TSJM la demanda para determinar si dichos mínimos eran legales o no.

Asimismo, argumentan que el Metro no es un "servicio esencial" y que si bien la huelga perjudicó a la población, los madrileños pudieron desplazarse, aunque empleando "más tiempo". Además, defienden que el curso escolar ya había terminado y mucha gente estaba ya de vacaciones.

INCOMPATIBILIDAD TERRITORIAL

Por otra parte, señalan que existen trabajadores del suburbano cuyo centro de trabajo está en Móstoles, Fuenlabrada o Alcorcón, por lo que han argumentado "incompetencia territorial" alegando que dicho caso debería tramitarlo la sala de lo Social del TSJM. No obstante, la compañía insiste en que todos los trabajadores están adscritos al centro de Trabajo de la calle Cavanilles, con independencia de que luego se tengan que desplazar a otras localidades para desarrollar su actividad.

Asimismo, los denunciados aseguran que la demanda de la empresa es "inconcreta, general y vaga", y que no aporta datos concretos como el número exacto de trabajadores que estaban llamados a trabajar y la cifra de los empleados que no fueron a trabajar de forma intencionada. En esta línea, aseguran que durante los días de huelga había muchos trabajadores con Bajas por Incapacidad Temporal (IT) que pudieron justificar en su momento.

También han coincidido todos los abogados defensores en manifestar que desconocen exactamente el motivo que ha impulsado a Metro de Madrid a llevar a cabo esta demanda, ya que le ven "poco sentido práctico" y cree que tiene una "finalidad oculta".

HUELGA "PREMEDITADA"

Por su parte, el abogado de Metro ha defendido principalmente que la convocatoria de huelga sin servicios mínimos se preparó antes de que la Consejería de Transportes e Infraestructuras los fijara. Asegura que el 17 de junio se celebró una asamblea de trabajadores organizada por el Comité de Empresa en la que, según su versión, se habría decidido hacer una huelga de 24 horas para el 28 de junio, mientras que el 29 y 30 sería sin mínimos.

Además, asegura que el 18 de junio se presentó de manera oficial la huelga "teniendo conciencia de que el 29 y 30 no se cumplieran los servicios mínimos". Siguiendo con la cronología de los hechos, ha defendido que el 22 se difundió un "aviso informativo" informando a los conductores de que sus afiliados habían ratificado paros de 24 horas para el 28 de junio y sin servicios mínimos para el 29 y 30.

En esta línea, señala que el 21 se produjo un encuentro entre los convocantes de la huelga y Metro para la fijación de los servicios mínimos, donde, según indican, los sindicatos se habrían negado a la proposición del 70 por ciento del servicio en horas puntas propuesto por la compañía. De hecho, aseguran que los sindicatos proponían el "cero por ciento" ya que alegaban que "Metro no era un servicio esencial en la Comunidad de Madrid".

Por tanto, desde la parte demandante señalan que la decisión de ir a huelga fue "intencionada y premeditada" y la decisión de no cumplir los servicios mínimos fue anterior al establecimiento de los mismos, hecho que defendería su "ilegalidad".

INTERROGADO EL COMITÉ DE HUELGA

El juicio contó además con el interrogatorio a tres personas del Comité de Huelga, en concreto, Vicente Rodríguez, de Sindicato de Conductores, Manuel Fernández y Abraham Paliza, ambos de Solidaridad Obrera. Especialmente intensa ha sido la declaración del primero, quien durante los primeros días fue portavoz del comité de huelga.

En su intervención defendió que ningún sindicato propuso que se incumplieran los mínimos, y no ha querido reconocer algunas de sus más polémicas declaraciones durante esos días.

Asimismo, fueron interrogados el responsable de la unidad económica de Metro, Álvaro Calatayud, y el responsable de la unidad de gestión de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de Metro, Félix Martínez, quien explicó que el 29 de junio los trabajadores estaban llamados a entrar a trabajar a las 6 horas, y a las 6.30, viendo que no se iba a prestar el servicio, se decidió cerrar las cancelas durante un periodo aproximado de media hora.

Según argumentó, se trata de una medida tomada por la "seguridad" de los usuarios de la red. Además, ha indicado que las estaciones permanecieron abiertas todo el día, pero que no estaban los trabajadores mínimos para poder dar servicios.
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios