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Patinetes eléctricos en Torrejón: normas de circulación y multas de hasta 800 euros
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Patinetes eléctricos en Torrejón: normas de circulación y multas de hasta 800 euros

lunes 26 de octubre de 2026, 18:33h

Torrejón recuerda las normas para patinetes eléctricos: mínimo 15 años, casco homologado, circulación por calzada o carril bici hasta 25 km/h, registro, seguro y multas de hasta 800 euros.

La normativa sobre vehículos de movilidad personal prohíbe circular a los menores de 15 años y exige llevar casco homologado. Cada patinete puede transportar a una sola persona: no se permite llevar acompañante. Incumplir estas normas conlleva una multa de 60 euros.

Los patinetes no pueden circular por aceras, calles peatonales, plazas ni parques. Pueden hacerlo por la calzada, a un máximo de 25 km/h, y por el carril bici. La infracción se sanciona con 60 euros.

De noche o cuando haya poca visibilidad, el conductor debe llevar un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros. La multa por incumplir esta obligación es de 60 euros.

Alcohol, drogas y uso del móvil

Está prohibido conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, y los conductores deben someterse a las pruebas de detección. La multa prevista es de 500 euros.

Tampoco se permite conducir mientras se usa el teléfono móvil o se llevan auriculares. Esta infracción se sanciona con 200 euros.

Registro, identificación y seguro

La normativa prohíbe circular sin inscribirse en el registro de la Dirección General de Tráfico, sin la etiqueta identificativa y sin seguro de responsabilidad civil. Las multas pueden alcanzar los 800 euros.

Cuando la infracción la comete una persona menor de 18 años, sus padres responderán por ella.

La noticia en cifras

CifraDato indicado en la noticia
15 añosEdad mínima para circular en patinete eléctrico, según la noticia.
25 km/hVelocidad máxima indicada para circular por la calzada.
60 eurosMulta indicada por incumplir las normas sobre edad, casco, acompañantes, vías permitidas o visibilidad nocturna.
150 metrosDistancia a la que debe ser visible el elemento luminoso o reflectante en conducción nocturna o con baja visibilidad.
500 eurosMulta indicada por conducir tras consumir alcohol o drogas.
200 eurosMulta indicada por conducir usando el teléfono móvil o auriculares.
Hasta 800 eurosMulta indicada por circular sin inscripción en el registro de la DGT, etiqueta identificativa o seguro de responsabilidad civil.
Menores de 18 añosLa noticia indica que sus padres responderán por ellos.

Preguntas sobre la noticia

¿Quién puede circular en patinete y qué debe llevar?

La noticia indica que está prohibido circular a menores de 15 años. También exige casco homologado y permite una sola persona por patinete, sin acompañante.

¿Por dónde se puede circular y cuál es la velocidad máxima?

Según la noticia, se puede circular por la calzada, sin superar los 25 km/h, y por el carril bici. Está prohibido hacerlo por aceras, calles peatonales, plazas y parques.

¿Qué obligaciones hay al circular de noche o con poca visibilidad?

El conductor debe usar un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros.

¿Qué otras prohibiciones y requisitos recoge la noticia?

Prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, usar el teléfono móvil o auriculares, y circular sin inscripción en el registro de la DGT, etiqueta identificativa y seguro de responsabilidad civil. La noticia señala multas de hasta 800 euros por incumplir los requisitos de registro, etiqueta y seguro, y que los padres responden por las infracciones de menores de 18 años.

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