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La jueza mantiene en libertad al policia que axfisió a un joven pese a apreciar homicidio doloso

La jueza mantiene en libertad al policia que axfisió a un joven pese a apreciar homicidio doloso

martes 02 de septiembre de 2025, 10:54h
El agente estranguló a un joven de origen magrebí de unos 35 años que había intentado robarle el teléfono mientras caminaba por la vía pública de paisano junto a otro compañero

La jueza de Instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz ha acordado mantener en libertad provisional al policía municipal de Madrid investigado por asfixiar hasta la muerte la noche del pasado 17 de junio a un joven en Torrejón de Ardoz.

Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que la magistrada deniega al abogado de la familia el recurso de reforma interpuesto contra el auto que rechazó el ingreso en prisión provisional tras comparecer por los hechos. El letrado Rubén Vaquero recurrió también en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La autopsia preliminar determinó que el chico murió de falta de oxígeno, lo que se denomina 'anoxia', y que también fue constatado por los sanitarios que asistieron al fallecido. Los hechos ocurrieron el pasado 17 de junio cuando un agente estranguló a un joven de origen magrebí de unos 35 años que había intentado robarle el teléfono mientras caminaba por la vía pública de paisano junto a otro compañero.

En la argumentación, expone la jueza que la inicial calificación como homicidio imprudente pudiera "no ser compatible con los indicios que resultan de la grabación realizada por los testigos".

Las personas que presenciaron los hechos relatan que Juan José T. C. continuó con la maniobra de inmovilización, presionando con su brazo el cuello de Abderahim Akkouh durante minutos, "a pesar de que los testigos le pedían que parase porque veían que éste se estaba poniendo morado".

"Tales datos, a reserva de las conclusiones del informe de autopsia definitivo, no descartan la existencia de un homicidio doloso, al menos en la modalidad de dolo eventual", señala la magistrada, que detalla que dicho cambio supondría una elevación considerable de las penas, pues podría ser castigado con penas de 10 a 15 años de prisión, frente al máximo de cuatro años inicialmente previsto. Ello incrementaría, en términos hipotéticos, el riesgo de fuga.

NO SE TEME A LA REITERACIÓN DELICTIVA

Frente a ello, señala que es doctrina reiterada del Tribunal Constitucional que "no puede entenderse suficiente fundamentación para acordar la prisión provisional la gravedad del hecho y de la pena que en abstracto le corresponde al hecho imputado, pues ello implicaría atribuir a la prisión provisional una finalidad retributiva".

En el caso de autos, argumenta, "ni se teme la reiteración delictiva --por la inexistencia de antecedentes penales o policiales del investigado--, ni se entiende de qué manera influir el investigado en los medios de prueba".

Y frente a lo alegado por la recurrente, el arraigo del investigado es inherente a su condición de policía municipal de Madrid, con domicilio conocido en Torrejón de Ardoz.

"No existen elementos que aconsejen que quien está cumpliendo escrupulosamente la medida de comparecencia 'apud acta' vaya a sustraerse a la acción de la justicia, entendiéndose la prohibición de salida del territorio español, con retirada del pasaporte, medida disuasoria suficiente a tal fin", agrega.

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