La Comunidad de Madrid ha tomado la decisión de suspender, desde las 14:00 horas del martes 7 de julio y durante todo el día del miércoles 8, el uso de maquinaria que pueda provocar chispas, calor o descargas eléctricas. Esta medida se extiende también al lanzamiento de fuegos artificiales en terrenos forestales y en una franja de 400 metros alrededor de estas áreas, debido al riesgo extremo de incendios.
Claves de la noticia
Suspensión temporal
Se prohíbe el uso de maquinaria y fuegos artificiales en zonas forestales por riesgo alto de incendios.
Plan de Emergencia
La medida forma parte del Plan Especial de Protección Civil ante Incendios Forestales (INFOMA).
Responsabilidad ciudadana
Se enfatiza la importancia del cumplimiento normativo para proteger el patrimonio natural.
La Dirección General de Emergencias ha emitido una resolución que establece el cese inmediato de estas actividades en toda la región, como respuesta a las previsiones meteorológicas que indican altas temperaturas. Durante los meses estivales, cerca del 50% de los incendios son provocados por un manejo inadecuado de herramientas como desbrozadoras y amoladoras. Por ello, es crucial que los ciudadanos colaboren y sigan las indicaciones para salvaguardar el entorno natural.
El Gobierno regional también hace un llamado a los madrileños para que extremen las precauciones al utilizar estos equipos durante el periodo crítico para incendios, que abarca desde el 15 de mayo hasta el 31 de octubre. Un uso irresponsable puede desencadenar siniestros con consecuencias graves tanto para las personas como para el medio ambiente.
Normativas sobre maquinaria y fuegos artificiales
Además, se recuerda que iniciar un fuego por negligencia puede ser considerado un delito, incluso si se cuenta con los permisos necesarios. En tales casos, la responsabilidad recaerá sobre quien cause el incendio.
Los trabajos con maquinaria generadora de chispas requieren autorización previa de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112). Esta agencia evaluará el riesgo asociado a la actividad y establecerá medidas preventivas necesarias para evitar incendios o facilitar su rápida extinción en caso necesario.
En situaciones donde las labores se realicen en suelo urbano a menos de 50 metros de vegetación, será el Ayuntamiento correspondiente quien regule su uso. Asimismo, los agricultores que operen cosechadoras a menos de 400 metros de terreno forestal deben notificar previamente su actividad al teléfono gratuito 900 720 300.
El Cuerpo de Agentes Forestales lleva a cabo inspecciones regulares para asegurar que se cumplan estas normativas. Si durante una revisión se detecta algún incumplimiento, podrán ordenar la paralización inmediata del trabajo y levantar un acta correspondiente.