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La jueza del caso ITV rechaza el recurso de la alcaldesa de Móstoles por su fin 'dilatorio'

La jueza del caso ITV rechaza el recurso de la alcaldesa de Móstoles por su fin "dilatorio"

viernes 05 de mayo de 2023, 17:14h
La magistrada ordenó que se procesara a Posse por la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa por condonar una deuda a la empresa concesionaria de más de 2 millones de euros

La jueza de Instrucción número 1 de Móstoles ha rechazado un recurso de la alcaldesa de Móstoles, Noelia Posse, en el denominado caso ITV interpuesto después de que la Audiencia Provincial de Madrid ordenara que se la procese por la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa por condonar una deuda a la empresa concesionaria de más de 2 millones de euros.

Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que se desestima el recurso interpuesto contra una providencia dictada el pasado mes de marzo en la que la magistrada solicitaba a las partes para que facilitaran determinados datos personales de los investigados en la causa.

La providencia se dictó con motivo del auto de la Audiencia de Provincial de Madrid que ordenaba concluir la investigación contra la alcaldesa de Móstoles y siete ediles de la Junta de Gobierno. Los magistrados consideraban que no se puede descartar la existencia de indicios de un delito de prevaricación administrativa.

En transcurso de la tramitación de la causa, la jueza dictó la citada providencia de cara a recopilar unos datos personales que faltaban, una resolución que fue recurrida por la alcaldesa al entender que la orden de la Audiencia no era firme.

Sin embargo, la magistrada aclara que "el auto dictado por Audiencia Provincial no es susceptible de recurso ordinario, esto es, el auto sí que es firme".

Subraya que el recurso interpuesto "no tiene ninguna fundamentación ni base legal, puesto que no tiene sentido que se recurra una resolución en la que se pide una información personal para consultar la HHPP de los investigados". "Si se hace es porque no se recogió en la información de derechos su DNI y la consulta de los antecedentes penales exige que se tenga la identificación de una persona", señala.

"A mayor abundamiento entiende esta instructora que el recurso interpuesto tiene una clara finalidad dilatoria, cual es impedir que se dicte, pese a que así lo ha ordenado Audiencia Provincial, el auto de acomodación procedimental", subraya la jueza.

"NO HAY DILACIÓN"

Respecto al auto, la concejala de Presidencia y Desarrollo Urbano, Marisa Ruiz, ha explicado que se han presentado varios recursos. "Uno es un recurso de apelación que la jueza ha aceptado, por lo que el caso tiene que volver a la Audiencia Provincial. En lo que se refiere al recurso de reforma, la jueza da una opinión pero no sienta base jurídica. Hay, además, un tercer recurso del que aún no hemos recibido respuesta de la Audiencia", ha detallado.

Así, ha subrayado que el Ayuntamiento no está "dilatando nada", ya que está ejerciendo su "derecho a la legítima defensa con todo lo que sea necesario".

"Lo único que hicimos fue intentar salvar el sustento de 40 familias y ayudarles como también lo hicimos con muchas otras familias durante los momentos más duros de la pandemia. A día de hoy, lo que hay hasta ahora, es que este caso ya se instruyó y se sobreseyó en primera instancia", ha señalado.

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