La AN da tres días para ingresar en prisión al `Al Albondiguilla´, condenado a 36 años y 11 meses

La AN da tres días para ingresar en prisión al `Al Albondiguilla´, condenado a 36 años y 11 meses

martes 19 de abril de 2022, 11:34h

El PP, por su parte, recurrirá su condena a pagar más de 200.000 € por lucrarse con la Gürtel de Boadilla

la Audiencia Nacional ha dado un plazo de tres días a Arturo González Panero, exalcalde de Boadilla del Monte, para que ingrese en prisión para empezar a cumplir la condena a 36 años y 11 meses que ha recibido por las actividades de la trama 'Gürtel' en el municipio madrileño, según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

Así lo ha decido la Sala de lo Penal tras una vistilla que se ha celebrado a primera hora de este martes a petición de la Fiscalía, que había solicitado su ingreso inmediato en prisión.

González Panero recibió la pena de prisión más elevada de los 23 condenados: 36 años y 11 meses de cárcel por delitos de asociación ilícita, cohecho pasivo, fraude a las administraciones públicas, falsedad documental en documento mercantil, tráfico de influencias, blanqueo y malversación de caudales públicos.

El tribunal consideró que "no era un funcionario más sino la cabeza del consistorio durante dos legislativas", destacando además "la defraudación de la confianza depositada en el mismo y que utilizó para su propio enriquecimiento personal" además de "la peligrosidad" de su "conducta para la Administración Pública que lideraba".

En esta línea, los magistrados cargaron con dureza contra González Panero y aseguraron que su declaración en el juicio no cumplió con la "veracidad, suficiente y utilidad" necesarias. "Negó su participación en los hechos en las seis declaraciones que realizó en fase de instrucción, y no fue hasta días antes del inicio del juicio en que presentó un escrito anunciando 'un reconocimiento de hechos'", recuerda el fallo.

EL PP RECURRIRA LA CONDENA QUE LE OBLIGA A PAGAR MAS DE 200.000 €

El PP recurrirá la sentencia dictada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) que le condena como partícipe a título lucrativo a pagar 204.198,64 euros por las actuaciones de la trama 'Gürtel' en el municipio madrileño de Boadilla del Monte, según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

Se trata de la tercera condena del tribunal a los 'populares' después de las sentencias por la primera época de la 'Gürtel' y por el uso de la 'caja b' para costear las obras de reforma de la sede del PP en Génova.

Los magistrados han determinado que la formación política debe abonar esa cantidad por responsabilidad directa y solidaria del que fuera líder de la trama, Francisco Correa; su 'número dos', Pablo Crespo; el exalcalde del municipio madrileño Arturo González Panero, apodado 'El Albondiguilla'; o los que fueran gerentes de la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda (EMSV).

La sentencia señala que el beneficio para el PP fue "evidente". Según su relato, se derivó de los pagos del Grupo Correa destinados al "sostenimiento de la propia organización", por lo que se traducía en un "menor gasto" para el sostenimiento del partido en Boadilla del Monte y para afrontar las campañas y precampañas de 2003 y 2007.

Además, la Audiencia Nacional dice que el PP contaba en esas campañas con un 'colchón' de remanente que sobró y considera que esto evidencia "de un modo claro" que el partido "no era quien estaba abonando esos gastos sino que se sufragaban por el Grupo Correa (con fondos) obtenidos como beneficio del delito".

En cuanto el argumento usado por la defensa de los 'populares', que alegó que esos gastos electorales no tenían vinculación con la obtención de votos, el tribunal apunta que es irrelevante porque los abonos al PP por Correa iban más allá de esos periodos de comicios e incluían abono de bienes, eventos y actos.

Y en lo referido al argumento de que el PP no sabía de esos gastos y que eran "contrarios a su voluntad", la AN afirma que es irrelevante porque, tal y como recordó el Supremo en una sentencia de 2020, "la naturaleza de la participación a título lucrativo no se trata de una obligación civil que tiene su origen en la participación del delito, sino de modo objetivo en la existencia de un beneficio a título gratuito de un tercero que desconoce su procedencia delictiva". Y recuerda que la condena a título lucrativo es compatible con la buena fe.

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