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Multas de entre 1.500 y 3.000 € por abandonar muebles y dañar árboles o plantas

Multas de entre 1.500 y 3.000 € por abandonar muebles y dañar árboles o plantas

jueves 06 de mayo de 2021, 20:31h
La nueva ordenanza que ha entrado en vigor contempla también las infracciones leves, con multas de hasta 700 euros, referidas a conductas que de alguna forma puedan derivar en daños, impliquen un uso anormal o impidan el disfrute, uso pacífico y armónico de zonas verdes, parques, jardines, animales, elementos de juego o mobiliario urbano

La nueva ordenanza municipal para la protección del medioambiente de Getafe ha sido aprobada definitivamente y entra en vigor con multas de 750 hasta 1.500 euros por el abandono de muebles y enseres electrónicos y no electrónicos en la vía pública sin haberlo comunicado al servicio municipal de recogida establecido para estos residuos.

La ordenanza se ha publicado este jueves en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, tras aprobarse inicialmente en el Pleno del 22 de diciembre de 2020, y no haberse presentado ninguna alegación ni sugerencia durante los treinta días establecidos.

También se establecen multas de entre 1.500 y 3.000 euros por arrancar, cortar o de cualquier forma dañar árboles y plantas situadas en espacios públicos, al ser considerada como una infracción muy grave.

Las infracciones leves, con multas de hasta 700 euros, se refieren a conductas que de alguna forma puedan derivar en daños, impliquen un uso anormal o impidan el disfrute, uso pacífico y armónico de zonas verdes, parques, jardines, animales, elementos de juego o mobiliario urbano.

Asimismo, será sancionable cortar flores, plantas o frutos sin la autorización correspondiente, así como dañar o molestar a la fauna presente en las zonas verdes o asociada a los elementos vegetales.

Además, se impondrán multas entre 750 y 1.500 euros por cometer infracciones graves en relación a negarse a prestar la colaboración ciudadana exigida por las autoridades competentes en caso de incendio forestal o no tomar las medidas de precaución indicadas.

También por pisar, destruir o alterar plantaciones y cubierta vegetal allí donde no esté autorizado, junto con el uso y práctica deportiva campo a través de motocicletas, coches, trial, quads o cualquier otro vehículo a motor semejante y en lugares que no estén especialmente habilitados para dichos deportes.

La nueva ordenanza establece multas de hasta 750 euros por tirar al suelo chicles, colillas, caramelos, cáscaras o papeles, y entre 750 y 1.500 euros por abandonar cadáveres de animales o su inhumación en terrenos de dominio público, así como entre 1.500 y 3.000 euros por dañar o destruir los recipientes suministrados por el Ayuntamiento o cualquier otro elemento del mobiliario urbano destinado a la recogida de residuos.

Igualmente, se sancionan los actos de propaganda comercial o de ofrecimiento de servicios de cualquier clase que supongan lanzar o entregar en mano papeles, folletos, pasquines o similares, depositarlos en los parabrisas de vehículos estacionados en la vía pública, y pegar carteles en vallas, edificios, farolas y mobiliario urbano, fuera de los espacios publicitarios habilitados para tal fin.

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