La Justicia respalda los turnos partidos para los maquinistas de Metro

La Justicia respalda los turnos partidos para los maquinistas de Metro

jueves 17 de enero de 2019, 13:23h
La sentencia considera que "no se ha producido una modificación sustancial" de las condiciones de trabajo del colectivo y que, de no pactarse algo diferente, la creación de nuevos turnos es "facultad inherente" al poder de organización de la empresa de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable

El Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid ha desestimado la demanda de conflicto colectivo que había sido interpuesta por el Sindicato del Colectivo de Maquinistas de Metro (SCMM) y a la que se adhirieron otras organizaciones sindicales (CCOO y UGT) y el Comité de Empresa de Metro de Madrid, S.A para que se declarase la nulidad de la creación de dos nuevos turnos de trabajo.

La implantación de los nuevos turnos creados por Metro de Madrid tiene como objeto posibilitar una mejor adaptación a las previsibles modificaciones de la demanda y de las tablas de trenes, mejorando de esta manera la calidad del servicio en beneficio de todos los madrileños.

La Justicia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press y adelantada por El Confidencial, da la razón a Metro de Madrid con esta sentencia al considerar que "no se ha producido una modificación sustancial" de las condiciones de trabajo del colectivo de maquinistas.

"Los turnos de trabajo preexistentes se mantienen sin variaciones, añadiendo dos más que acrecientan la oferta de turnos efectuada por la empresa, sin que ello varíe la dinámica habitual de solicitud de turno por orden de preferencia de cada trabajador afectado, manteniéndose, en todos los casos, la misma jornada anual con los turnos que a cada uno corresponda según el puesto que ocupen en el escalafón", destaca.

También considera la sentencia que, de no pactarse algo diferente, la creación de nuevos turnos es "facultad inherente" al poder de organización de la empresa de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable

El Sindicato de Maquinistas ha reivindicado en varias ocasiones que la creación de estos turnos suponía un incumplimiento del convenio colectivo, y ese incumplimiento del convenio colectivo es una de las razones que esgrimen para la convocatoria continua de paros y huelgas registradas en los últimos meses. De este modo, la propia Justicia desestima que Metro incumpla el convenio colectivo en este sentido.

En fecha 30 de julio de 2018 la empresa, con motivo de una reunión con la Comisión Permanente respecto de los cuadros de servicio para el año 2019, comunicó al Comité de Empresa que para este año había decidido introducir dos turnos nuevos, uno denominado P20 (de 13 a 17.30 horas y de 20.50 a 23.50 horas) con objeto de dar continuidad a la finalización de jornada de los maquinistas de tracción eléctrica con horarios M530 y T4. Se prevé con ellos 31 puesto fijos

El otro turno consistía en la implantación de lunes a domingo del horario de 15.30 a 23 horas (T500) con objeto de posibilitar una mejor adaptación a las previsibles modificaciones de la demanda y de las tablas de trenes en días laborables. Se prevé alcanzar los 30 puestos fijos. Los dos nuevos turnos ya han entrado en vigor en el suburbano desde el 1 de enero de 2019

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