TS condena a la Comunidad a pagar 34,3 millones a la Rey Juan Carlos

TS condena a la Comunidad a pagar 34,3 millones a la Rey Juan Carlos

martes 05 de mayo de 2015, 11:08h
Por el incumplimiento del Plan de Inversiones para las universidades en el periodo 2007-2011, y del Plan de Financiación para estos centros de 2006-2010

El Tribunal Supremo ha condenado a la Comunidad de Madrid a abonar una cantidad de 34,3 millones de euros a la Universidad Rey Juan Carlos por el incumplimiento del Plan de Inversiones para las universidades en el periodo 2007-2011, y del Plan de Financiación para estos centros de 2006-2010.

En concreto, en ejecución del Plan de Inversiones, el Supremo condena a la Comunidad de Madrid a habilitar a favor de la Rey Juan Carlos 22,1 millones de euros, que deberán ser librados conforme se vayan cumpliendo por el centro las justificaciones previstas en el Anexo II del Plan de Inversiones y con cumplimiento por parte de la Comunidad de los pagos a cuenta para obras de rehabilitación, reposición, mantenimiento y seguridad y para equipamiento, en los términos regulados en el mismo anexo.

En cuanto al Plan de Financiación, el alto tribunal condena a la Comunidad madrileña a abonar a la universidad 12,2 millones de euros, más los intereses legales de esa cantidad desde el 17 de junio de 2011.

En el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por la Rey Juan Carlos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de febrero de 2013. La institución reclamaba en su recurso el pago por parte de la Comunidad de 42,7 millones de euros.

El anterior fallo del TSJM reducía la cuantía de la condena a 811.100,03 euros pues entendía que el plan quedaba "subordinado" al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos, "no pudiendo olvidarse que las leyes de presupuestos para 2009 y 2010 se dictaron en plena recesión económica".

Ahora, la sentencia del TS recoge que en plan de inversiones, en los ejercicios de 2009 y 2010, no se dotaron las partidas suficientes por parte de la Comunidad para cubrir la totalidad de los importes de los plantes de rehabilitación en la región, "siendo esta la causa de que la universidad no pudiese acordar gastos que, aunque amparados por el plan, carecían de la oportuna cobertura presupuestaria, de modo que no puede imputársele a ella el incumplimiento de su obligación de justificar las obras de rehabilitación, reposición, mantenimiento y seguridad y para equipamiento, así como la obra nueva que hubiere realizado por el importe total consignado en el Plan.

"No cabe aceptar el argumento de la demandada de que procede acordar que se la condene al pago de unos gastos respecto de los que la universidad no ha satisfecho su obligación de justificarlos. Y no cabe aceptar esta tesis porque la causa directa y objetivamente exteriorizada de la inactividad de la universidad en el cumplimiento de esa obligación no es otra que el hecho de que la Comunidad no había integrado una suma suficiente en los presupuestos de 2009 y 2010, lo que ataba legalmente cualquier posibilidad de que aquella cargase al Plan con más obras que las dotadas presupuestariamente", expone el Supremo.

Respecto al Plan de Financiación, la sentencia recoge que en un anexo se recoge que "la Comunidad de Madrid seguirá aportando los fondos necesarios para dar cobertura financiera a los incrementos de pagas extraordinarias y la parte autonómica del complemento específico, de conformidad con los acuerdos actualmente vigentes, a cuya conclusión se integrarán en las nominativas para gastos corrientes del ejercicio siguiente".

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