La Complutense asegura tener la licencia para el monumento a las Brigadas Internacionales

La colocación fue objeto de una demanda por un particular considerando la actuación "contraria a derecho".

jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
A Universidad Complutense de Madrid (UCM) ha asegurado que cuenta con la licencia urbanística necesaria para instalar en su campus el monumento dedicado a las Brigadas Internacionales, cuya colocación fue demandada por un particular considerando la actuación "contraria a derecho".

Así lo explica la institución en su contestación a la demanda, donde destaca la naturaleza de "dominio público universitario" de la parcela sobre la que se ha ubicado el monumento. Asimismo, explica que de acuerdo con la Ley Orgánica de Universidades, éstas "asumen la titularidad de los bienes de dominio público".

En este sentido, señala la letrada que representa a la Universidad que la parcela en la que se ha ubicado el monumento a los Brigadistas Internacionales es de "titularidad universitaria". "Dicha finca está destinada al uso público", indica, explicando que en ella se encuadra el actual edificio de Alumnos, donde se realiza, entre otras actividades, la matriculación.

En cuanto a la licencia, la UCM precisa que cuenta con la exigida, que se solicitó a través del procedimiento previsto en la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid. A su juicio, este procedimiento es el "adecuado" dado que en otro caso el Consistorio "debería haber comunicado la inadecuación del procedimiento, comunicación que no se ha producido".

Frente a la demanda que entendía que se vulneraba la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, la UCM entiende que no le es aplicable puesto que se trata de una actuación de "la Universidad Complutense de Madrid como Administración Pública en suelo de dominio público, cuya titularidad le corresponde".

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha emitido una diligencia de ordenación donde explica que el actor ha pedido en su demanda que el recurso se falle sin necesidad de recibimiento a prueba ni conclusiones, por lo que se "se declara concluso el pleito sin más trámite para sentencia".
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