El Supremo vuelve a dar la razón a los vecinos de Santo Domingo en su lucha con el ruido de los aviones

AENA presentará la documentación al Supremo para demostrar que ha tomado medidas con los sobrevuelos

jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
Los vecinos de la urbanización Ciudad Santo Domingo, en Algete, han explicado que el Tribunal Supremo les ha dado la razón en la lucha que tienen con el ruido que produce el paso de aviones procedentes del Aeropuerto de Barajas fallando que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tiene que obligar a la Administración a que explique las medidas que han tomado al respecto.

En un comunicado, han explicado que la Sección Séptima de Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha comunicado este mismo jueves sendas sentencias respecto a dos recursos de casación "fallando a favor de los vecinos recurrentes de Ciudad Santo Domingo en ejecución de la Sentencia de 13 de octubre de 2008 que declaró lesión de derechos fundamentales por sobrevuelo de aeronaves de Barajas y ordenó su cese".

Según indican, el Supremo concluye que, salvo en lo relativo a las indemnizaciones, dicha sentencia no ha sido ejecutada y que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid "ha de proseguir su ejecución y ha de ordenar a la Administración que de inmediato, con fijación de plazo, dé cuenta de la situación actual y justifique haber tomado todas las medidas necesarias para que cese la causa de la lesión del derecho fundamental apreciada en la Sentencia de 13 de octubre de 2008".

Según el presidente de la Asociación contra Ruido y Riesgo de Ciudad Santo Domingo, Jesús Coca, entre otras cosas, el Supremo reconoce "que el método empleado por el TSJM en la ejecución es incorrecto y que la reducción del 50 por ciento en los sobrevuelos que llegó a determinar el TSJM no hace cesar la lesión sufrida por los recurrentes".

En la misma dirección, destaca que se debe tener en cuenta "los niveles, frecuencia y naturaleza de los ruidos de las aeronaves así como los datos aportados por los vecinos procedentes de la misma AENA y los partes de la Policía de Algete". Además, prosigue, recoge que el Real Decreto sobre ruido "no existía y sólo tiene criterio orientador".

LA CULPA NO ES DE LA URBANIZACIÓN

En concreto, según los vecinos, el Supremo señala que Ciudad Santo Domingo es una zona "sin afecciones de ningún tipo, que se ha visto sometida al ruido como consecuencia, no de que la urbanización se haya construido junto al aeropuerto, sino de que la ampliación de este, anterior al Real Decreto".

Además, también influye la manera en que se han definido sus operaciones cuando se encuentra en configuración Sur, "que han llevado a miles de aviones a sobrevolar a baja altura la Ciudad Santo Domingo, ubicada desde muchos años antes en un lugar tan apartado del aeropuerto como, por ejemplo, el centro de la ciudad de Madrid".

En la misma dirección, señala que la Ley de Navegación Aérea modificada en 2010 estaba originada por los "problemas relacionados con la ejecución de la Sentencia de 13 de octubre de 2008 y, en especial, con la decisión de la Sala de Madrid de ordenar la reducción del 50 por ciento de los sobrevuelos.

La Sentencia de 13 de octubre de 2008, 1553/06 de Derechos Fundamentales 109/2004 fue promovida por cinco habitantes en representación del resto: "la situación no era totalmente inevitable desde el momento en que se reconoce que hay rutas de aproximación al aeropuerto cuando está en configuración Sur que no incluyen el sobrevuelo de la Ciudad Santo Domingo".

La Asociación contra Ruido y Riesgo de Ciudad Santo Domingo ha recalcado que AENA puede pasar todo el tráfico por el Valle del Jarama, ejecutando la sentencia "de manera inmediata, sin sobrevolar población alguna".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado diversos autos. El de 3 de noviembre de 2009 dispuso que "con carácter inmediato" se procediese a la reducción en un 50 por ciento sobre la cifra actual del total de los vuelos sobre la citada urbanización, "con las consecuencias" que ello implicase en el uso de la pista 18-R.

Los vecinos lo recurrieron, y, además presentaron una demanda por daños psíquicos y físicos, "agravadas por el desacato a lo ordenado en la Sentencia según señalan los diagnósticos clínicos".

Por su parte, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) presentará toda la documentación que ha solicitado el Tribunal Supremo (TS) para demostrar que ha tomado las medidas pertinentes para reducir el número de sobrevuelos procedentes del Aeropuerto de Madrid Barajas por la urbanización de Ciudad Santo Domingo, en Algete.

Así lo han explicado fuentes del ente, después de que el Supremo le haya pedido que "de inmediato" dé cuenta de la situación actual" y justifique que la Administración ha tomado las medidas "necesarias" para reducir el número de aviones y acabar con la lesión del derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos.

Según han recordado, el Supremo acepta no sólo los recursos presentados por los vecinos afectados sino también los que presentó la Abogacía del Estado y la propia AENA considerando ésta última que el TSJM había ido más allá de lo que decía el Supremo porque la reducción del 50 por ciento de los vuelos que pedía no correspondía a la petición del Supremo del cese de lesión del derecho de los vecinos.

A su juicio, en el auto del TSJM "desatiende la doctrina sentada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho de la intimidad domiciliaria" y que entiende que se tiene que dar el "justo equilibrio entre los intereses de las personas afectadas y los de la comunidad en su conjunto".

En su recurso, AENA explicaba que la aplicación literal de este auto del TSJM --con la aplicación de la reducción del 50 por ciento de los vuelos-- supondría el cierre de pistas y reducir un 20 por ciento de la actividad del Aeropuerto, además de la pérdida de 47.000 puestos de trabajo y una pérdida del PIB regional de 1.125 millones de euros.

Tras el nuevo pronunciamiento del Supremo, AENA asegura que presentará "toda la documentación que acredita todas las medidas que se han presentado, que se ha equilibrado el uso de dos pistas y, por consiguiente, reducido el número de aviones que sobrevuelan la urbanización.