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Detectan irregularidades en el 23% de los comercios de productos de limpieza

26/10/2009.-Campaña del Instituto Municipal de Consumo del Ayuntamiento de Madrid

jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
El Instituto Municipal de Consumo del Ayuntamiento de Madrid ha hecho una campaña de control de la venta de productos de limpieza en la que los inspectores visitaron 30 establecimientos y en siete de ellos (un 23,3%) detectaron irregularidades.

Sin embargo, sólo en uno de los 150 productos inspeccionados se apreció información incompleta.

El objeto de la campaña, en la que participaron diez inspectores, era comprobar las condiciones de venta y envasado, así como el etiquetado de los artículos de limpieza, ya que su falta o incorrección puede convertirlos en productos peligrosos para los consumidores.

En los 150 productos inspeccionados se verificó la existencia en el etiquetado de toda la información que ha de contener: datos del responsable de la puesta en el mercado del artículo, la denominación y cantidad nominal o unidades, las instrucciones de uso, las indicaciones de riesgo y seguridad para la utilización segura del producto.

Sólo se encontró un producto (0,7%) cuyo información no era completa, ya que carecía de la frase obligatoria en la que se indica el teléfono del Servicio Médico de Información Toxicológica.

Estos datos, según el Instituto Municipal de Consumo, suponen "un gran avance" en el etiquetado de los detergentes, limpiadores y demás productos de limpieza respecto a los primeros controles municipales efectuados en el año 2000.

En los establecimientos inspeccionados se detectaron irregularidades en la actividad de venta, entre las que cabe destacar: no anunciar las preceptivas hojas de reclamaciones o carecer de las mismas, no exhibir el precio de venta de los artículos expuestos en los escaparates, existencia de cláusulas abusivas en la publicidad, o no confeccionar correctamente los documentos justificativos de compra que se entregan a los consumidores.

Las infracciones detectadas darán lugar a la incoación de los respectivos expedientes sancionadores por comisión de las infracciones administrativas correspondientes.
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