La Comunidad de Madrid autoriza el ERE temporal de Fuente el Saz, el primero en un ayuntamiento de la región

Los sindicatos lamentan esta decisión y no descartan llevarlo a los tribunales

jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
09/02/11.- La Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid ha dictado este martes una resolución por la que autoriza el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) temporal presentado el pasado 15 de diciembre por el Ayuntamiento de Fuente el Saz que afectará a 17 de los 111 trabajadores que desarrollan su labor en este Ayuntamiento.

La resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, autoriza la suspensión temporal de los contratos de trabajo de trece trabajadores durante un año (dos trabajadores menos que la petición inicial del Ayuntamiento), así como la reducción de jornada de otros cuatro trabajadores por el mismo periodo de tiempo.

Todos estos trabajadores tienen contrato laboral y en ningún caso se despedirá a ninguno. Además, la resolución señala que la decisión "no podrá tener carácter retroactivo", sino que deberá ser aplicado "desde la fecha".

La Consejería de Empleo ha recordado, en declaraciones a Europa Press, que este municipio ha presentado un Plan de Viabilidad para reducir su déficit, una de cuyas medidas es este ERE temporal y que, "de no salir adelante, podría obligar al Ayuntamiento a suspender pagos dada su crítica situación económica".

Así, para el Gobierno autonómico este argumento justifica de forma suficiente las "causas económicas" necesarias para poder aplicar un ERE, tal y como recoge el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que "delimita su ámbito subjetivo de aplicación, excluyendo del mismo únicamente al personal de las administraciones públicas sujeto a normas administrativas o estatutarias, además de al personal funcionario".

"En consecuencia, será de aplicación al personal laboral de las administraciones públicas la normativa contenida en el Estatuto de los Trabajadores", que recoge en su articulado la suspensión de los contratos, la reducción de jornada y la posibilidad de acudir a un ERE.

Eso sí, este Estatuto se aplica "siempre que se tenga en cuenta también el Estatuto Básico del Empleado Público", aunque si éste no tiene "normativa específica sobre la suspensión y reducción de la jornada" del personal laboral, como es el caso, habría que acudir a la normativa marco.

La Consejería ha recordado que "también se ha tenido en cuenta el precedente de un ERE de similar naturaleza presentado por una mancomunidad de municipios en Cataluña, que fue autorizado por la autoridad laboral de esa comunidad".

Y es que, según reza la resolución, "existen pronunciamientos judiciales que avalan la aplicación" en este ámbito del Estatuto de los Trabajadores, tales como una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de febrero de 2001, que alega que "es necesario que (las instituciones públicas) mantengan una situación económica saneada, controlando en la medida de lo posible el déficit que pueda acumular en su gestión".

"Con base en la legislación existente y teniendo en cuenta que el Estatuto de los Trabajadores es de aplicación al personal laboral de las Administraciones Públicas, no existe impedimento jurídico alguno para aplicar al citado personal lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, (...) siempre que concurran las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción que exige el mencionado precepto", concluye la resolución.

A renglón seguido, señala que del examen de los presupuestos del Consistorio de Fuente el Saz de los ejercicios 2007, 2008 y 2009 se concluye que "es evidente que la situación de endeudamiento actual del Ayuntamiento, independientemente de las causas que lo han producido, hace que la misma caiga de lleno en el supuesto contemplado por la nueva redacción dada por la Ley sobre medidas urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo" al Estatuto del Trabajador.

Así, la Dirección General de Trabajo entiende que "han quedado acreditadas las causas económicas que alegaba el Ayuntamiento de Fuente El Saz", como reconocen todas las partes implicadas, incluida la propia Inspección de Trabajo del Ministerio que así lo manifiesta en su informe.

La resolución también argumenta que la selección de los trabajadores sujetos al ERE la ha realizado el Ayuntamiento, que ha motivado la elección de cada uno de ellos, y concluye que se ha hecho "sin llegar a eliminar ningún servicio público, acomodando el horario de atención al público y reduciendo costes". "Queda claro, por tanto, que las funciones y servicios prestados por el Ayuntamiento continúan cubiertos", apostilla.

Por último, la Dirección General de Trabajo ha recordado que es "el único órgano competente para resolver este expediente". "Su resolución, que ya se ha comunicado a las partes, está sujeta a derecho y se ha tomado teniendo en cuenta los distintos informes presentados, la gravísima situación económica del municipio y con arreglo a las disposiciones que establece la Ley para tramitar cualquier Expediente de Regulación de Empleo", han asegurado.

De hecho, fuentes del Ministerio de Trabajo consultadas por Europa Press han recordado que "las competencias en materia laboral son de la Comunidad de Madrid" que, por tanto, es la administración que tiene potestad para decidir sobre este tipo de asuntos.

Sin embargo, la Subdirección Provincial de Prestaciones del Ministerio de Trabajo emitió un informe a finales de enero en el que alerta de que la aprobación de un ERE en una corporación local podría hacer que los trabajadores afectados no tuvieran derecho a cobrar la prestación por desempleo.

Por su parte los sindicatos UGT, CC.OO. y CSIT-Unión Profesional han lamentado este martes la decisión de la Comunidad de Madrid de autorizar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en el Ayuntamiento de Fuente el Saz del Jarama, y no han descartado llevar este asunto a los tribunales.

El secretario de Administración Local de UGT de Madrid, Ignacio Herrero, ha explicado a Europa Press que ya se "temían" que ésta fuera la decisión del Gobierno regional "a pesar del informe contrario del Ministerio de Trabajo", y se ha reiterado en su opinión de que "un ERE no es algo que deba aplicarse a una administración pública, porque no es una entidad que busque beneficios".

A renglón seguido, ha considerado "preocupante" que se empiece con este proceso en las administraciones locales, "la que está más cerca de los ciudadanos, pero también la primera que se quieren cargar y contra la primera que cargan".

Así, ha indicado que los sindicatos ya han presentado una demanda contra el Consistorio de Fuente el Saz, si bien tienen pocas esperanzas de la efectividad de esta acción, ya que "cuando se va al contencioso administrativo se habla por lo menos de (tener una sentencia en) 2014 o 2015".
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios