TSJM ratifica que González Trevijano no podía ser candidato a rector de la URJC en 2009 por llevar dos mandatos

Desestima el incidente de nulidad planteado por las representaciones procesales de la Universidad

jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el incidente de nulidad planteado por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid a la sentencia de este mismo tribunal que resolvió este año que Pedro González Trevijano no podía ser candidato a rector en las pasadas elecciones de octubre de 2009 porque ya había estado dos mandatos anteriormente. La Universidad recurrió esta decisión con el incidente de nulidad entendiendo que la anterior sentencia vulneraba el "derecho a obtener una resolución judicial fundada en derecho, congruente y favorable, incurriendo dicha resolución en una incongruencia omisiva" al no pronunciarse sobre la alegación del defecto formal. Por otro lado, se alegaba también la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por vulneración de las garantías constitucionales de "irretroactividad de disposiciones restrictivas de derechos individuales y seguridad jurídica" y por la "no aplicación del derecho de acceso en condiciones de igualdad a cargos y funciones públicas". En cuarto lugar, se alega también que la sentencia de apelación "vulnera el derecho fundamental a la autonomía universitaria, en relación a la libertad de cátedra y el derecho fundamental de los profesores, padres, y en su caso, los alumnos a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos". Ante estas alegaciones, la sección octava de esta sala ha procedido a desestimar este incidente, porque considera que no se vulneran ninguno de estos derechos. En concreto, dice que "resulta evidente que no se ha infringido el derecho a la tutela judicial efectiva por la falta de respuesta a esta cuestión, ya que implícitamente se deduce el rechazo de la alegación de la lectura de la sentencia". En este sentido, recuerda que el Tribunal Constitucional en multitud de sentencias ha declarado que "no toda ausencia de pronunciamiento expreso a las cuestiones planteadas por las partes produce una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva", y que se puede admitir, "excepcionalmente, su desestimación tácita". En cuanto a la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por vulneración de las garantías constitucionales, el TSJM reitera que es una cuestión ya debatida y que el tribunal expresó su opinión "en el sentido de que se trata de una retroactividad impropia, que procede mantener ahora". BATALLA JUDICIAL Esta batalla judicial se inicia cuando uno de los candidatos en las últimas elecciones, David Ríos, llevó el asunto a los tribunales alegando que el actual rector, Pedro González-Trevijano, no podía volverse a presentar porque los estatutos sólo permitían dos mandatos como máximo. Desde la defensa de Trevijano se explicaba que sólo se debe computar de cara a las elecciones su último mandato (cuando fue elegido en 2005) porque los estatutos de la universidad fueron aprobados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por un decreto de febrero de 2003, es decir, ya iniciado el primer mandato (en 2002). Después de que se haya rechazado este incidente y el TSJM aclarar que es una sentencia firme, Ríos considera que "el Consejo de Gobierno y la Junta Electoral Central de la Universidad Rey Juan Carlos deben cumplir inmediatamente la sentencia" y nombrar un rector en funciones que gestione la reanudación del proceso electoral. "Hay que pasar página e intentar normalizar cuanto antes la vida universitaria", ha señalado en un comunicado, en el que señalan que "se han perdido dos años en la modernización de la gestión" de la universidad y "en la situación actual es necesario tomar decisiones para revitalizar a profesores y alumnos dentro de una coyuntura que exige reivindicar el valor académico y estudiantil de nuestra universidad".
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