El juicio por la salida a Bolsa de Bankia queda visto para sentencia

El juicio por la salida a Bolsa de Bankia queda visto para sentencia

martes 01 de octubre de 2019, 11:21h
Ha tenido 10 meses de duracióny ha contado con 74 sesiones de juicio oral y las comparecencias de 34 acusados (31 personas físicas y tres jurídicas), 57 testigos y una veintena de peritos

El juicio por la salida a Bolsa de Bankia en julio de 2011 que se celebra en la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares (Madrid) ha quedado visto para sentencia este martes, después 74 sesiones de juicio oral a lo largo de más de diez meses de procedimiento.

La última sesión ha comenzado con la exposición de conclusiones finales de la defensa de BFA, que ha dado paso al turno de última palabra por parte de las acusaciones.

El único acusado que ha decidido ejercer este derecho ha sido el expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, quien ha pedido su absolución y ha resaltado que todas las decisiones que tomaron los administradores de la entidad fueron contrastadas con las opiniones del Banco de España y tuvieron el único objetivo de defender el "mejor interés" para los accionistas de BFA y Bankia, primero las cajas y después los inversores privados.

En su opinión, ha quedado atestiguado durante los cinco años de instrucción y diez meses de juicio oral que BFA y Bankia eran "entidades financieras complejas organizadas según los más altos estándares bancarios que en ningún momento fueron criticadas por el regulador y el supervisor".

"Nuestros profesionales eran los mejores del mercado y contaban constantemente con el asesoramiento de las mejores firmas financieras del mundo", ha destacado Rato, quien ha recordado que todas sus decisiones "fueron contrastadas con las opiniones que sobre los mismos temas tenía el supervisor.

Asimismo, Rato considera probado que desde la constitución del Sistema Intitucional de Protección (SIP) que dio lugar al grupo BFA-Bankia hasta su salida y la llegada del nuevo equipo gestor de José Ignacio Goirigolzarri en mayo de 2012 Bankia superó tres test de estrés de la EBA y tuvieron lugar tres cambios regulatorios en España, todos ellos "aplicados de manera correcta según la opinión del regulador".

Rodrigo Rato ha finalizado su intervención aludiendo a la declaración de Goirigolzarri durante el plenario y también ante la junta general, la CNMV, el Banco de España y el mercado cuando solicitó las ayudas públicas para Bankia.

"Todos somos conscientes de que la razón por la que se ha producido este juicio son las decisiones tomadas por el consejo de administración que nos sustituyó y que solicitó ayudas públicas (...). Dijo que las tomaba por razones de futuro y no de pasado, y en base a cambios en estimaciones y cambios regulatorios de futuro. Tenía toda la razón, porque la crisis financiera fue muchísimo peor en 2012, 2013 y 2014, hasta el punto de que hoy, en 2019, Bankia, en relación a su balance, vale menos que cuando salió a Bolsa, y por ello pido la absolución", ha declarado Rato.

Tras esta intervención del expresidente de la entidad, la presidenta de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, Ángela Murillo, ha comunicado que el juicio ha quedado visto para sentencia. El plazo hasta que se conozca el fallo dependerá de lo que el tribunal tarde en deliberar, por lo que no hay una fecha prevista.

LA DEFENSA DE BANKIA

A lo largo de ayer, la defensa de Bankia ha aludido a la vulneración del principio acusatorio, al asegurar que le ha resultado "imposible" defenderse de las acusaciones particulares que piden su condena, que "no han articulado prueba alguna" ni han concretado los hechos de los que se acusa a la entidad.

Además, ha reclamado para estas dos acusaciones (la de Adicae y 15MpaRato) que acusan a Bankia de un delito de estafa a inversores, la imposición de las costas del procedimiento, por "haber hecho soportar vanamente un juicio larguísimo y ni siquiera dignarse a explicar por qué ni intentar probarlo en acto de juicio", cuando además la Fiscalía Anticorrupción ha solicitado la absolución de Bankia por no concurrir los elementos necesarios para su imputación.

El abogado de Bankia ha sostenido que la prueba practicada "ha evidenciado a las claras que los hechos no son delito" y que la información contenida en el folleto de salida a Bolsa, que recogía las cuentas agregadas de las siete cajas que dieron lugar a la entidad, así como las cuentas formuladas y reformuladas, "eran siempre correctas en cada caso y conforme a la información disponible en cada fecha".

Asimismo, ha reprochado las discrepancias entre los peritos fiscales sobre cuáles eran los supuestos deterioros de los activos de las cajas, BFA y Bankia, sin llegar a un acuerdo sobre cuál debía ser la imagen fiel de la entidad, y ha criticado la metodología utilizada en sus informes, utilizando muestras del 1% de la población de acreditados del grupo BFA-Bankia.

Respecto al informe de PwC de 14 de octubre de 2010, uno de las principales "pruebas" de la acusación, el abogado ha recordado que su autor compareció en el plenario y especificó que las pérdidas que contemplaba el informe para el grupo no eran incurridas, sino estimaciones que podían o no cumplirse.

Asimismo, el abogado de Bankia ha resaltado que el Banco de España conoció y aprobó la decisión de salir a Bolsa y de hacerlo con una estructura de doble banco y ha reprochado que las acusaciones hayan negado la existencia de "una crisis económica inédita" en España tras la salida a Bolsa de la entidad.

"No fue hasta verano del 2012 cuando los economistas nacionales e internacionales por fin pudieron corroborar la magnitud de la recesión que se estaba produciendo", ha apuntado el letrado, quien asegura que en el momento de la operación de salida a Bolsa las perspectivas económicas "seguían siendo positivas".

Además, ha puesto de manifiesto que el cambio en la estructura de gobierno del grupo impide exigirle responsabilidad penal, ya que la entidad resultante del saneamiento de Bankia "no tiene nada que ver con la antigua", pese a mantener la personalidad jurídica.

LA DEFENSA DE DELOITTE

De su lado, el abogado defensor de Deloitte ha cargado contra Adicae por su "temeridad in crescendo" al acusar a la firma como persona jurídica por un delito de estafa a inversores. El letrado ha reprochado su "pasividad y desidia" al no haber propuesto ninguna prueba de cargo, mientras que Deloitte, por el contrario, ha presentado una prueba de descargo para acreditar su inocencia consistente en un informe pericial sobre su modelo de gestión.

Según ha expuesto, dicha prueba pericial acredita que al firma contaba con un modelo de cumplimiento incluso en 2009 que cumplía con los estándares internacionales ISO 19600 que fueron aprobados en 2014 y que se aplicaron a los informes de auditoría que el socio auditor Francisco Celma realizó para el banco en el año 2011.

Así, ha relatado que Deloitte cuenta con un comité de ética, de gestión de riesgos y de prevención de riesgos penales, el socio auditor debe rellenar un cuestionario final de auditoría da el visto bueno a los procedimientos del modelo de cumplimiento y la sociedad publica en su web un informe de transparencia que explica cómo ha funcionado su modelo ese año (el informe de 2011 fue realizado por el ICAC y su homólogo estadounidense).

El abogado de Deloitte ha afeado que Adicae no realizara ninguna pregunta relativa al modelo de cumplimiento cuando el representante legal de la firma se sometió al interrogatorio de acusaciones y defensas y ha pedido para la asociación una condena en costas, afeándole que mantuviese su acusación cuando las acusaciones populares retiraron las suyas tras interrogar al perito de Deloitte.

Además, ha reprochado que en su "infumable" informe final solicite para la compañía penas "alegales", como la suspensión de su actividad por tres años, una condena que solo puede ser solicitada cuando se dan dos supuestos: ser reincidente o ser una organización criminal nacida para la comisión de hechos delictivos. "Esto no se puede consentir", ha apostillado el abogado, quien ha puesto de manifiesto el "enorme daño reputacional" para Deloitte por haberse visto sometida "temerariamente" al procedimiento.

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