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Semilibertad para Flores, condenado por la tragedia del Madrid Arena
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Semilibertad para Flores, condenado por la tragedia del Madrid Arena

miércoles 18 de diciembre de 2019, 13:03h
El recluso, que ha obtenido ahora el tercer grado, cumple en la prisión de Segovia la condena de cuatro años como autor de cinco homicidios por imprudencia grave impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid en 2016
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Valladolid ha concedido el tercer grado a Miguel Angel Flores, el empresario condenado por la muerte de cinco jóvenes durante un fiesta en el Madrid Arena en 2012, que cumple pena de prisión en Segovia.

Según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en un comunicado recogido por Europa Press, el recluso cumple en la prisión de Segovia la condena de cuatro años como autor de cinco homicidios por imprudencia grave impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid en 2016.

El magistrado estima así el recurso interpuesto por el recluso contra la decisión de Instituciones Penitenciarias de mantenerlo en segundo grado y le otorga el régimen de semilibertad al que se opuso la Fiscalía.

En su resolución el juez explica que artículo 102 del Reglamento Penitenciario establece que para determinar la clasificación de un preso se ponderarán la personalidad y el historial individual, familiar, social y delictivo del interno, la duración de las penas, el medio social al que retorne el recluso y los recursos, facilidades y dificultades existentes en cada caso y momento para el buen éxito del tratamiento.

En este caso, añade el magistrado, "se trata de un interno primario, normalizado, condenado a una pena de cuatro años de prisión por homicidio imprudente, que sale regularmente de permisos. Visto su historial de actividades y valoración es factible la libertad condicional anticipada, esto es que de reunir los demás requisitos, sería posible en octubre de 2020. Por ello se estima el recurso".

La decisión del titular de Vigilancia Penitenciara, notificada este miércoles, no puede ejecutarse de manera inmediata porque es recurrible ante el órgano sentenciador, en este caso la Audiencia Provincial de Madrid. Y ese eventual recurso tiene efectos suspensivos.

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