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Grandes eventos como el Orgullo o el Mad Cool deberán ser soostenibles
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Grandes eventos como el Orgullo o el Mad Cool deberán ser soostenibles

lunes 02 de marzo de 2020, 11:45h
La nueva ordenanza de Calidad del Aire contempla también que los nuevos edificios contarán desde este otoño con energía renovable. El Consistorio vigilará además las emisiones de los vehículos y podrá inmovilizar a aquellos que sean más contaminantes

La nueva ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad que prepara el equipo de Gobierno municipal recoge el requisito de que todos los edificios que se construyan en Madrid deberán ser "verdes" a partir de otoño, al desplegar puntos de recarga eléctrica y reserva de superficies para el autoconsumo de energía renovable.

Además, en este proyecto de ordenanza los grandes eventos que se celebren en la ciudad, cuya asistencia sea superior a 5.000 personas, como la celebración del Orgullo LGTBi o grandes festivales como el Mad Cool, tendrán que contar con una memoria de impacto ambiental que recoja medidas preventivas y compensatorias por contaminar.

Por otro lado, el texto también establece que los vehículos que expulsen emisiones excesivas en carretera podrán ser detenidos por la Policía Municipal o un agente de movilidad para que pasen el control de humos en la ITV. En caso de incumplimiento, podrán ser sancionados e incluso se podrá inmovilizar o retirar el vehículo.

Así lo han indicado a Europa Press fuentes del área de Medio Ambiente y Movilidad en referencia a las informaciones adelantadas por los diarios 'El Mundo', 'ABC' y 'La Razón' sobre este proyecto de ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad, que modifica la ordenanza general de Protección del Medio Ambiente Urbano, una normativa de 1985 y que se encuentra "desactualizada respecto a las necesidades ambientales".

En este proyecto, que se prevé que entre en vigor tras el verano, se recoge la prohibición de las calderas de carbón desde el 1 de enero 2022, tal y como avanzó el delegado del área, Borja Carabante.

La nueva regulación, han explicado desde el área, se articula sobre tres ejes: "preservar y mejorar la calidad del aire de la ciudad; proteger la salud y el medio ambiente frente a las emisiones de gases, humos, olores, partículas o cualquier otra sustancia potencialmente contaminante o susceptible de ocasionar molestias a la ciudadanía, y promover la eficiencia energética y el uso de energías renovables para procurar la sostenibilidad medioambiental".

Respecto a los grandes eventos, la ordenanza establece la obligación de disponer de un plan de impacto ambiental para ser "sostenibles" en aquellos con más de 5.000 asistentes y que se celebren en el medio exterior o con repercusión en éste.

En declaraciones a la prensa, el delegado del área, Borja Carabante, ha explicado que se solicitará un plan de movilidad sostenible, de gestión de residuos, y que por tanto "haya el menor impacto a la calidad del aire y la sostenibilidad de Madrid".

IMPACTO MEDIOAMBIENTAL DEL EVENTO

Así, los promotores deberán realizar una memoria que analice el impacto medioambiental del evento y recoja las medidas "preventivas, correctoras y compensatorias" para garantizar la sostenibilidad.

Entre las medidas exigidas, además de la elaboración de la huella de carbono y la compensación de las emisiones de efecto invernadero, se requiere "fomentar la corresponsabilidad de los participantes" en el evento y cumplir con las normativas ambientales.

Estos eventos deberán recoger las actuaciones previstas para evitar efectos ambientales negativos en materia de ruidos y vibraciones, emisión de gases y partículas contaminantes, olores, vertidos, gestión de residuos y limpieza, contaminación lumínica, zonas verdes, biodiversidad y ocupación de suelo y consumo de recursos naturales. En caso de incumplimiento, se impondrá una sanción.

VIGILANCIA DE LAS EMISIONES DE VEHÍCULOS

A su vez, el Consistorio contempla la vigilancia de las emisiones contaminantes de los vehículos, ya que el inventario de emisiones de la ciudad y los distintos estudios que realiza el ayuntamiento establece que el tráfico rodado constituye la "principal fuente emisora de contaminación", por lo que se "hace preciso reforzar el control" sobre las emisiones de los escapes de los vehículos de motor de combustión.

Así, cuando un agente responsable de la vigilancia del tráfico (policía municipal o agente de movilidad) aprecie que existe una emisión excesiva o sospeche que se han alterado los dispositivos de control de anticontaminación del vehículo, puede parar el vehículo y requerir a su titular que lo lleve a la ITV para que pase el control de humos.

En el caso de incumplimiento, la Administración podrá multar por falta de colaboración. Además, cuando la emisión de humos sea de especial intensidad y se haya activado el protocolo de contaminación o pueda dificultar la visibilidad a otros conductores, o en el supuesto de que sus conductores se nieguen a someter al vehículo a los controles de emisión de humos o no hayan sido presentados a las inspecciones en los centros de control, el Ayuntamiento podrá proceder a la inmovilización o retirada del vehículo en los supuestos que establece la Ley de Capitalidad.

"Las emisiones de los tubos de escape, efectivamente se controlan en las ITV que se llevan a cabo periódicamente por todos los vehículos, pero también la Policía Municipal, los agentes de movilidad, pueden llevar a cabo inspecciones puntuales, y es precisamente lo que hemos contemplado en esa modificación de la ordenanza de calidad del aire y sostenibilidad", ha apuntado Carabante sobre la medida.

De esta forma, "un agente de autoridad podrá requerir al titular de un vehículo que vuelva a pasar esa verificación de emisiones del tubo de escape, llegando incluso a su nivel máximo cuando se trata de un incumplimiento flagrante de dicha obligación o cuando se trata de un episodio de alta contaminación puede ser inmovilizado el vehículo".

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