Piden 4 años de cárcel para el mayor deudor de Hacienda, Agapito García

Piden 4 años de cárcel para el mayor deudor de Hacienda, Agapito García

jueves 15 de febrero de 2018, 12:29h
El empresario es conocido por ser la persona física que a 31 de diciembre de 2016 acumulaba la mayor deuda con Hacienda (17,03 millones de euros), por haber presuntamente defraudado en el año 2009 más de 1,5 millones en concepto de IRPF

La Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado una pena de cuatro años de prisión para el empresario Agapito García, conocido por ser la persona física que a 31 de diciembre de 2016 acumulaba la mayor deuda con Hacienda (17,03 millones de euros), por haber presuntamente defraudado en el año 2009 más de 1,5 millones en concepto de IRPF.

Así lo ha reclamado la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid, que ha remitido un escrito al Juzgado de Instrucción número 27 de Madrid, según ha informado el propio Ministerio Público.

La cuota presuntamente defraudada ascendería a a 1.583.182,41 euros, la misma cantidad de dinero con que la Fiscalía pide que indemnice al Erario Público en concepto de responsabilidad civil. También piden que se haga cargo de una multa de 4.749.547,23 euros correspondientes al triple de la cuantía supuestamente defraudada.

El escrito de la Fiscalía sostiene que, "con la finalidad de aminorar sustancialmente la cantidad a ingresar al Erario Público en concepto de IRPF", el acusado omitió en su declaración impositiva correspondiente al ejercicio de 2009 "determinadas rentas sujetas y no exentas" que describe en varios apartados.

VENTA DE ACCIONES Y UN PRÉSTAMO

El primero alude a la venta el 7 de abril de 2009 de 359.999 acciones de la sociedad Inversiones Intermarkets Sicav por un importe de 4.112.078,88 euros, registrándose un incremento patrimonial de 512.083,88 euros. Dichas acciones eran propiedad de Agapito García, puesto que él mismo las había transmitido desde su sociedad PM-ADS en el momento en que se extinguió, 13 de diciembre de 2007.

La venta, siempre de acuerdo con los indicios de la Fiscalía, fue realizada por orden del acusado a la Agencia de Valores M&G quien, a su vez, transmitió dicha orden al Banco de Santander que procedió a la venta y a la liquidación correspondiente. Además, pocos días antes de la orden de venta se realizaron nueve extracciones de efectivo de Banif, firmadas por Agapito García, por un total de 3.900.000 euros. Fue precisamente en dicha cuenta donde un día más tarde de la venta, es decir, el 8 de abril de 2009, se ingresaron 4.112.073.78 euros derivados de la acciones de la Sicav.

El segundo apartado del escrito de acusación se centra en un préstamo que percibió el acusado en 2009 de su sociedad Mirador de la Dehesa S.L. y que ascendería a 2.663.500 euros. El crédito fue cedido por Mirador de la Dehesa S.L. a la sociedad Inver PM S.L., de la que es socio único Agapito García y, según la Fiscalía, debió integrarse en la base imponible del IRPF.

El tercer motivo que recoge la acusación argumenta que mediante un contrato suscrito el 6 de noviembre de 2009 entre Agapito García y José Luis Rivero estableció que el acusado comenzara a percibir 15.000 euros mensuales desde el 1 de septiembre a través de cuatro sociedades de las que era accionista único.

"Esos 60.000 euros deben ser imputados a la base imponible del IRPF de 2099 del acusado, pues la asistencia financiera a Mirador de la Dehesa S.L. se presta en virtud del personal compromiso de Agapito García, que afecta a su patrimonio total, dentro del que se encuentra el patrimonio de las cuatro sociedades que facturan a Mirador de la Dehesa S.L.", recoge el escrito de acusación.

CONDONACIÓN DE DEUDA ENCUBIERTA

Por último, la Fiscalía subraya que tres sociedades que en 2009 formaban parte del grupo en que Agapito García era accionista mayoritario (Mirador de la Dehesa, Inver PM y Valores Pirineos 2 S), realizaron una serie de cesiones de créditos compensados con deudas que cada cedente tenía con el cesionario y que estaban registradas en la cuenta 'Desembolsos pendientes sobre acciones'. En la práctica, sostienen que se produjo una condonación de deuda a Agapito García.

Las sociedades Mirador de la Dehesa e Inver PM conservaron los préstamos al tercero en la citada cuenta hasta finales del 2009, en que fueron cedidos a Valores Pirineos 2 SL, que fue el cesionario último. Esta última sociedad eliminó los créditos de sus registros contables como menor resultado de venta de acciones en 2009 y dicha eliminación responde a la condición de deudor del acusado Agapito García y, a la vez, acreedor indirecto de sí mismo a través de Valores Pirineos 2 SL, de la cual era socio único y administrador.

"Lo que pierde el socio de Valores Pirineos 2 SL, a través de la condonación de la deuda, lo gana ese mismo socio como persona física beneficiaria de la condonación", explican, detallando que Valores Pirineos 2 SL asume y contabiliza como pérdida o como menor beneficio del ejercicio 2009 la mencionada cantidad; correlativamente, el beneficiario de la condonación experimenta un enriquecimiento equivalente.

Consecuentemente, esgrimen que la condonación equivale a una retribución del capital en concepto de dividendo en Valores Pirineos 2 S.L. y la cifra de 1.833.372 euros debe integrarse en la base especial del ahorro del beneficiario.

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